LEY N° 10.662
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º.- Adhiérase la provincia de La Rioja, en todos sus términos, a la Ley Nacional Nº 27.489 -Programa Cédula Escolar Nacional.
Artículo 2º.- La Autoridad de Aplicación de la presente ley será determinada por la Función Ejecutiva.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 138º Período Legislativo, a siete días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés.
Proyecto presentado por la diputada Carla Noelia Aliendro.
DECRETO Nº 1.739
La Rioja, 25 de septiembre de 2023
Visto: El Expediente Código Al N° 00224-3-23, mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley N° 10.662; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126° Inciso 1) de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1°.- Promúlgase la Ley Provincial N° 10.662 sancionada por la Cámara de Diputados de la provincia con fecha 07 de septiembre de 2023.
Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.







