La ANMAT ordenó la prohibición total de un producto rotulado como «Aceite de oliva extra virgen artesanal, marca: Olivos Andinos». La decisión se tomó luego de que la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia confirmara que los números de RNE y RNPA en el rótulo eran inexistentes.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió la Disposición 7716/2025$ en la que prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto rotulado como «Aceite de oliva extra virgen artesanal, marca: Olivos Andinos».
La medida se originó tras una denuncia en la provincia de Entre Ríos, que puso en duda la genuinidad del aceite que ostentaba la leyenda «La Rioja, Industria Argentina».
La Rioja confirma el fraude
El Instituto Nacional de Alimentos (INAL) inició una Consulta Federal a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja. La respuesta de las autoridades riojanas fue contundente: tanto el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N°1200884 como el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N°12000375 que figuraban en el rótulo son inexistentes.
Esta falsedad en los registros sanitarios convierte al aceite en un producto apócrifo y falsamente rotulado.
La prohibición de ANMAT se extiende no solo al producto «Olivos Andinos» en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, sino también a cualquier otro producto que utilice los números de RNE N°12000375 y/o RNPA N°1200884$, por ser productos que no pueden identificarse de forma fehaciente como elaborados en un establecimiento determinado.



