El Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación “B” 13139/2026 dirigida a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y compra. La norma establece un tope basado en la tasa de interés del sistema financiero para préstamos personales sin garantía real y busca proteger a los consumidores frente a financiamientos excesivos.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó este viernes la Comunicación “B” 13139/2026, que introduce límites a las tasas de interés aplicables en las operaciones de crédito vinculadas a tarjetas de crédito y tarjetas de compra emitidas por empresas no financieras.
Según el texto oficial, la entidad comunicó el valor de la tasa de interés del sistema financiero correspondiente a préstamos personales sin garantía real. Este parámetro será el que deberán respetar las emisoras no bancarias durante el ciclo de facturación de abril de 2026.
La medida tiene como objetivo central “proteger a los consumidores” al establecer un marco claro y transparente sobre las tasas que pueden aplicarse en las financiaciones con tarjetas. De esta forma, el BCRA busca evitar abusos en el costo del crédito y garantizar condiciones más equitativas para los usuarios.
La Comunicación “B” ya está vigente y su texto completo, junto con el anexo que detalla la tasa aplicable, se encuentra disponible en el sitio web del Banco Central.
Esta regulación se enmarca en la política de supervisión y protección al usuario financiero que viene impulsando el BCRA, especialmente en un contexto de alta inflación y fuerte endeudamiento de las familias a través de plásticos. Las empresas emisoras no financieras deberán ajustar sus tasas al nuevo límite para el próximo ciclo de facturación.

































