La Legislatura provincial aprobó modificaciones técnicas sobre el Código Procesal Penal sancionado este año. Los cambios alcanzan referencias de artículos, competencias judiciales, denominaciones de organismos y la integración de la Comisión de Implementación, que ahora incorporará representantes del Poder Legislativo, la abogacía y las universidades públicas.
La Legislatura de La Rioja aprobó la Ley N° 10.878, una norma que introduce una serie de correcciones técnicas y de redacción al nuevo Código Procesal Penal de la provincia, con el objetivo de subsanar errores detectados tras su sanción y antes de su implementación definitiva.
La iniciativa, impulsada por la Función Ejecutiva y aprobada durante el período legislativo 2026, modifica 14 artículos de la Ley N° 10.797, que estableció el nuevo régimen procesal penal riojano.
Correcciones de referencias y competencias
La mayor parte de las modificaciones consiste en adecuaciones de técnica legislativa destinadas a corregir referencias cruzadas entre artículos, errores de numeración y denominaciones de organismos judiciales.
Entre los cambios más relevantes figura la modificación del artículo 37, que redefine las competencias del Tribunal de Impugnación Penal, eliminando la atribución vinculada a la revisión de sentencias firmes y manteniendo sus funciones sobre impugnaciones ordinarias y revisión de prisiones preventivas.
La norma también corrige referencias internas en diversos capítulos del Código vinculados al proceso penal juvenil, reemplazando remisiones erróneas por los artículos que corresponden dentro del nuevo texto legal.
Cambios en el procedimiento penal juvenil
Las modificaciones alcanzan varios artículos referidos al régimen aplicable a niños, niñas y adolescentes.
Entre otros aspectos, se actualizan las referencias normativas para las medidas socioeducativas, el juicio abreviado, los recursos, las medidas de coerción y los procedimientos de archivo, con el objetivo de mantener la coherencia interna del Código.
También se reemplaza la denominación de la Oficina de Gestión Administrativa (OGA) por la de Oficina Judicial, adecuando la terminología utilizada en distintas etapas del proceso penal.
Una comisión con representación más amplia
Uno de los cambios institucionales más importantes se produjo en el artículo 337, que redefine la integración de la Comisión de Implementación del nuevo Código Procesal Penal.
Además de los representantes del Tribunal Superior de Justicia, el Ministerio Público Fiscal, la Defensa Pública y el Poder Ejecutivo, la comisión incorporará:
- Un diputado o diputada provincial.
- Un representante del Consejo Profesional de Abogados y Procuradores de La Rioja.
- Un representante académico de una universidad pública con sede en la provincia y título de abogado.
La modificación amplía la participación institucional en el proceso de puesta en marcha del nuevo sistema procesal penal.
Publicación del texto ordenado
La ley también dispone la publicación en el Boletín Oficial del texto ordenado del Código Procesal Penal, incorporando todas las correcciones introducidas para facilitar su aplicación por parte de magistrados, fiscales, defensores, abogados y operadores judiciales.
Un paso previo a la implementación definitiva
Las modificaciones no alteran la estructura ni los principios del nuevo Código Procesal Penal, sino que buscan corregir inconsistencias detectadas durante la revisión técnica de la norma.
Con la sanción de la Ley N° 10.878, La Rioja avanza en el proceso de consolidación de la reforma procesal penal, una de las transformaciones institucionales más relevantes del sistema judicial provincial en los últimos años, que apunta a modernizar el funcionamiento de la Justicia penal y adecuarlo a un modelo acusatorio con mayores estándares de oralidad, celeridad y transparencia.