Eduardo German

Noticias de Argentina y La Rioja

ANMAT prohibió los productos de Trifarma y Ugal Farmacéutica en todo el país

El organismo dictó dos medidas preventivas por incumplimientos sanitarios. En Trifarma detectó falta de director técnico y problemas de registro; en Ugal, deficiencias graves de fabricación y control.

Sede de ANMAT — imagen de archivo

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos elaborados o comercializados por Laboratorio Trifarma SRL y Ugal Farmacéutica SA.

Las decisiones se publicaron este miércoles 16 de septiembre mediante las disposiciones 5865/2026 y 5870/2026. Son actuaciones distintas, con fundamentos específicos para cada firma.

Qué detectó el organismo en Trifarma

En el establecimiento de Rosario, la autoridad sanitaria constató la falta de designación y registro de un director técnico farmacéutico responsable. También señaló que varios trámites de autorización de productos iniciados en 2021 no habían completado los requisitos regulatorios.

La disposición impide preventivamente que Trifarma continúe sus actividades de producción, control de calidad, comercialización y distribución. La prohibición de uso y venta alcanza a todos los productos elaborados o comercializados por la firma.

Las deficiencias observadas en Ugal

En Ugal Farmacéutica, con planta en Ramos Mejía, ANMAT informó incumplimientos críticos y mayores de las buenas prácticas de fabricación. Entre ellos mencionó fallas en el sistema de calidad, monitoreo ambiental, documentación, validación de procesos y trazabilidad.

El organismo sostuvo que esas deficiencias comprometían las garantías de calidad, seguridad y eficacia de los productos. Por eso, impidió preventivamente que Ugal continúe sus actividades de producción, control de calidad y comercialización. Además, prohibió en todo el país el uso, la venta y la distribución de los productos elaborados o comercializados por la firma.

Ambas medidas prevén continuar las actuaciones sanitarias correspondientes. La resolución sobre Ugal puede consultarse en la Disposición 5870/2026. Las normas describen incumplimientos regulatorios; no informan en estos textos un balance de pacientes afectados.

Fuente: Boletín Oficial del 16 de septiembre de 2026.

Foto de archivo: sede de ANMAT, ANMAT / Argentina.gob.ar.

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