Litigio millonario en la Corte Suprema: La Rioja alegó asfixia económica para no viajar, pero el tribunal forzó la audiencia presencial contra Topper

Fiscalía de Estado invocó la emergencia financiera y el corte de fondos federales para solicitar una instancia virtual ante el máximo tribunal. La Corte desestimó el planteo y ordenó celebrar la audiencia en Buenos Aires por la demanda de inconstitucionalidad y repetición tributaria de la ex Alpargatas.

La puja judicial y tributaria entre las administraciones del interior y el gran empresariado nacional sumó un capítulo de alto voltaje en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En el marco del expediente CSJ 1564/2018, caratulado «Topper Argentina S.A. (antes Alpargatas S.A.I.C.) c/ La Rioja, Provincia de s/ Acción Declarativa de Inconstitucionalidad y Repetición», el máximo tribunal desestimó el pedido provincial para litigar vía remota y forzó la realización presencial del acto procesal en la Capital Federal.

La letrada de Fiscalía de Estado riojana, María Alejandra Ferrer, con el patrocinio de Patricia Franchini, solicitó que la audiencia preliminar se realizara mediante herramientas virtuales. El argumento medular no fue técnico, sino estrictamente fiscal: la provincia justificó la imposibilidad de afrontar traslados por la crítica situación económica que atraviesa el distrito debido a la interrupción de envíos de fondos desde la Casa Rosada, citando las leyes locales de emergencia financiera 10.243 y 10.843, prorrogadas hasta finales de 2026.

Rechazo judicial y comparencia presencial

Pese a los fundamentos económicos expuestos por la representación provincial, el secretario letrado de la Secretaría de Juicios Originarios, Alejandro Daniel Rodríguez, ratificó la doctrina de presencialidad estricta del cuerpo: notificó que la audiencia debía llevarse a cabo en los tribunales porteños, autorizando la presencia de la abogada radicada en Buenos Aires.

En la sede de la Corte se desarrolló finalmente el cónclave ante el secretario letrado Enrique Gregorini. Por la compañía de calzado e indumentaria comparecieron los apoderados Silvio Fidel Duarte y Jorge Oscar Lapenta, mientras que la provincia estuvo representada por Franchini bajo los términos del artículo 48 del Código Procesal. Durante el acto, el Estado provincial logró que se le corra traslado formal de la documentación contable aportada por Topper a fojas 56/70, paso previo a la apertura de la causa a prueba.

Impacto en la potestad fiscal de las provincias

El reclamo de Topper, que exige la devolución de tributos cobrados por La Rioja bajo alegada inconstitucionalidad, se inscribe en una pulseada de alcance federal. Las corporaciones intensifican sus demandas contenciosas contra regímenes impositivos provinciales que consideran confiscatorios o violatorios del comercio interjurisdiccional.

La negativa de la Corte a flexibilizar la presencialidad por motivos de ajuste presupuestario sienta una pauta rigurosa para todos los distritos del país: las provincias deberán litigar cuerpo a cuerpo en Buenos Aires para defender la constitucionalidad de sus esquemas recaudatorios.

La causa