A través del Decreto 1.601 publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobernador desestimó los reclamos de docentes y estudiantes del Albino Sánchez Barros, Tobar García y Castro Barros. La letra chica ratifica la creación de supervisores a dedo, la relocalización de ofertas académicas y un tope estricto de cuatro cohortes para las carreras docentes.
En una jugada que clausuró cualquier instancia de negociación legislativa y descolocó a la comunidad educativa, el gobernador Ricardo Quintela promulgó a libro cerrado y sin vetos la controvertida Ley 10.902 de Nivel Superior. A través del Decreto N° 1.601, firmado por el mandatario provincial y refrendado por el secretario general de la Gobernación, Ricardo Herrera, el Ejecutivo riojano oficializó este viernes en el Boletín Oficial la vigencia plena de la norma, desmintiendo de hecho las promesas de diálogo que los propios diputados oficialistas esgrimían horas antes para intentar desactivar las marchas callejeras.
La publicación del texto legal cayó como un baldazo de agua helada sobre los claustros de los institutos formadores de la Capital y el interior. Mientras delegados docentes y centros de estudiantes del Instituto Superior de Formación Docente Albino Sánchez Barros, el Carolina Tobar García y la Escuela Normal Pedro Ignacio de Castro Barros concentran para marchar hacia la Legislatura exigiendo el veto total, el Boletín Oficial confirmó punto por punto los artículos más cuestionados por las asambleas.
El decreto gubernamental exhibe además una llamativa contradicción política: apenas horas antes de conocerse la promulgación, el presidente de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, Luis Rojo, sostenía en declaraciones radiales que la ley «no estaba promulgada» y abría la puerta a que Quintela aplicara modificaciones o vetos parciales para aplacar el descontento de las bases.
La letra chica del Boletín Oficial: carreras a término y relocalización
El texto definitivo de la Ley 10.902 ratificó los temores que empujaron a la docencia a declararse en estado de alerta permanente. En su Capítulo III, artículo 17 inciso c), la norma consagra expresamente la potestad del Estado de implementar carreras docentes y técnicas bajo la modalidad «a término»: fija una duración máxima de apenas cuatro cohortes para la formación docente y de tres cohortes para las tecnicaturas, lo que habilita la clausura o discontinuidad de ofertas tradicionales una vez que egresen esos grupos de alumnos.
A esa poda programada se suma la facultad conferida en el inciso b) del mismo artículo para disponer la «relocalización de carreras existentes», una herramienta administrativa que los autoconvocados denuncian como un mecanismo de ajuste encubierto que amenaza la continuidad de profesorados emblemáticos como Educación Inicial en el Castro Barros, Francés en el Sánchez Barros y carreras especiales en el Tobar García.
La norma también impone una profunda reconfiguración en la cúpula institucional de los establecimientos: el artículo 25 establece que el acceso a los cargos directivos será mediante un «sistema mixto, cerrado y con mandato a término», eliminando la estabilidad histórica en la conducción de los profesorados.
Seis supervisores zonales y la puerta a los institutos universitarios
Otro de los frentes de conflicto que quedaron sellados en la ley es el avance de la discrecionalidad patronal en el control territorial. El artículo 12 crea seis cargos de «Supervisión Superior Zonal», cuyo ingreso y permanencia no se definirá por concurso público, sino que «estará sujeto a la reglamentación de la autoridad del Ministerio de Educación», a cargo de Ariel Martínez. En contraste, el artículo 27 exige concurso de antecedentes y oposición únicamente para los docentes de base.
La estructura burocrática se amplía además con la creación del Consejo Jurisdiccional de Educación Superior (artículos 15 y 16), un organismo integrado por funcionarios ministeriales y directores afines que contará con un coordinador general con rango de «cargo no escalafonado» designado por la política.
Asimismo, el artículo 8 de la flamante ley habilita formalmente la transformación de los institutos provinciales en «Institutos Universitarios». Lejos de ser leída como una jerarquización, la docencia advierte que se trata del intento de montar una estructura universitaria provincial ad hoc que no respeta la tradición del normalismo y que coloca bajo una nebulosa legal la validez nacional que hoy otorga el Instituto Nacional de Formación Docente (INFOD) para que los egresados puedan ejercer en otras provincias.
Doble discurso parlamentario y la docencia en la calle
La promulgación del Decreto 1.601 dinamitó las expectativas de los más de 120 docentes y estudiantes que habían presentado un documento de impugnación formal ante la Comisión de Educación de la Legislatura. La revelación de que el decreto ya estaba firmado desde el jueves 8 de octubre —mientras en la Cámara se fingía evaluar correcciones técnicas— aceleró la indignación en las aulas.
De acuerdo a las cláusulas transitorias, el Ministerio de Educación tendrá 30 días para conformar la comisión encargada de elaborar la reglamentación de la ley, disponiendo de un plazo de un año para su aplicación total (artículo 30). Sin embargo, los institutos formadores ya anticiparon que no convalidarán la mesa técnica y ratificaron la marcha provincial con concentración en la avenida Facundo Quiroga 250, frente a la exestación de trenes.
Con la firma de Quintela estampada en el Boletín Oficial, el oficialismo eligió profundizar la confrontación con el sistema educativo provincial. En una provincia que enarbola la figura de Rosario Vera Peñaloza como estandarte histórico, la imposición a libro cerrado de una ley que precariza carreras docentes y crea cargos a dedo abre una fractura profunda entre la Casa de las Tejas y las aulas riojanas, trasladando el desenlace del conflicto al terreno del paro y la movilización callejera.




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