La Cámara de Diputados de la Provincia de La Rioja ha sancionado la Ley N° 10.717, declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación varios inmuebles en la ciudad de Chilecito, Departamento homónimo. La normativa fue promulgada hoy mediante el Decreto N° 792 firmado por el Gobernador Ricardo Quintela.
Detalles de la Expropiación
La ley detalla la expropiación de un total de nueve inmuebles, con el objetivo de destinarlos a la construcción de infraestructura multifuncional para reparticiones municipales y la ampliación de servicios públicos. Los inmuebles, que pertenecen tanto a particulares como a la Asociación Civil Siglo XXI, suman un total de aproximadamente 3.000 metros cuadrados.
Inmuebles Afectados:
- Propietario: Rivero, Domingo Alfredo. Superficie: 1.076,52 m².
- Propietario: Asociación Civil Siglo XXI. Superficie: 284,20 m².
- Propietario: Asociación Civil Siglo XXI. Superficie: 284,20 m².
- Propietario: Casas, Dora Petrona. Superficie: 284,20 m².
- Propietario: Asociación Civil Siglo XXI. Superficie: 254,00 m².
- Propietario: Asociación Civil Siglo XXI. Superficie: 254,00 m².
- Propietario: Asociación Civil Siglo XXI. Superficie: 254,00 m².
- Propietario: Asociación Civil Siglo XXI. Superficie: 254,00 m².
- Propietario: Asociación Civil Siglo XXI. Superficie: 254,00 m².
Propósito de la Expropiación
Según el texto de la ley, estos inmuebles serán transferidos al Municipio de Chilecito, que los destinará a la construcción de obras de infraestructura multifuncional para reparticiones municipales. Estas obras se realizarán en conjunto con el Gobierno de la Provincia y empresas del Estado, con el fin de mejorar y ampliar los servicios públicos según las necesidades de los ciudadanos de Chilecito.
Procedimiento y Costos
La ley establece que las medidas, linderos y superficie definitivos de los inmuebles expropiados serán determinados por los Organismos Oficiales competentes a través de un Plano de Mensura. Los gastos derivados del proceso de expropiación serán cubiertos por Rentas Generales con imputación a la presente ley.
Promulgación y Oficialización
La promulgación de la Ley N° 10.717 fue oficializada hoy por el Gobernador Ricardo Quintela, mediante el Decreto N° 792, refrendado por el Secretario General de la Gobernación, Juan Luna. Con esta promulgación, la ley entra en vigor, permitiendo al Municipio de Chilecito avanzar con los planes de desarrollo e infraestructura previstos.
Esta medida representa un paso importante en el desarrollo urbano y en la mejora de los servicios públicos en Chilecito, beneficiando a sus habitantes con nuevas y mejores instalaciones municipales.




