Prohibición nacional del aceite de oliva falsamente rotulado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha emitido una disposición que prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto «Aceite de oliva extra virgen, marca Puglia» en todo el territorio nacional. La medida se debe a que dicho producto carece de registros sanitarios y presenta un etiquetado falso, utilizando números de…

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha emitido una disposición que prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto «Aceite de oliva extra virgen, marca Puglia» en todo el territorio nacional. La medida se debe a que dicho producto carece de registros sanitarios y presenta un etiquetado falso, utilizando números de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) y Registro Nacional de Establecimiento (RNE) inexistentes.

La investigación se inició a partir de una denuncia recibida por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos, que alertó sobre el incumplimiento de la normativa alimentaria vigente. Tras la notificación, el ICAB realizó consultas federales a las direcciones de seguridad alimentaria de La Rioja y Mendoza, confirmando la inexistencia de los registros sanitarios declarados en el producto.

Durante las inspecciones en comercios de Entre Ríos, se hallaron unidades del aceite de oliva investigado, las cuales fueron intervenidas conforme a lo establecido por la Ley N° 18284 y el Decreto N° 2126/71. Ante estas evidencias, el ICAB notificó el incidente en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).

La ANMAT, en su función de fiscalización y control sanitario, dictaminó la prohibición del producto al constatarse la infracción a la Ley N° 18284 y al Código Alimentario Argentino. El organismo subrayó que el aceite de oliva marca Puglia no puede ser identificado de manera fehaciente como producido en un establecimiento autorizado, por lo que su elaboración y comercialización queda prohibida en todo el país.

Esta disposición, publicada el 2 de agosto de 2024, también incluye la prohibición de cualquier otro producto que utilice los mismos números de registro falsos, en aras de proteger la salud de los consumidores y garantizar la calidad y seguridad de los alimentos disponibles en el mercado.

Las autoridades sanitarias instan a la población a verificar los registros sanitarios de los productos alimenticios y a denunciar cualquier irregularidad. La ANMAT continuará con su labor de control para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes y preservar la salud pública.


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