El Diario de Eduardo German

La Rioja · Argentina

Modificación del estatuto de Parque Eólico Arauco S.A.P.E.M.: nuevos cambios en el capital social, dirección y fiscalización

La Inspección General de Justicia aprobó la modificación de los artículos 5º, 14º y 22º del estatuto social de Parque Eólico Arauco S.A.P.E.M., estableciendo un nuevo capital social y actualizando las disposiciones sobre la administración y la fiscalización de la empresa. Por disposición de la Inspección General de Justicia (IGJ) en el marco del Expediente…

La Inspección General de Justicia aprobó la modificación de los artículos 5º, 14º y 22º del estatuto social de Parque Eólico Arauco S.A.P.E.M., estableciendo un nuevo capital social y actualizando las disposiciones sobre la administración y la fiscalización de la empresa.

Por disposición de la Inspección General de Justicia (IGJ) en el marco del Expediente Nº C-023-0277-0-24, se dio a conocer la modificación del estatuto de Parque Eólico Arauco S.A.P.E.M. Esta modificación, aprobada por la Asamblea General Extraordinaria de la empresa el pasado 10 de julio y protocolizada el 1 de agosto de 2024, involucra cambios significativos en tres artículos clave: el 5º, el 14º y el 22º.

El Artículo 5º establece un capital social de $7.208.687.698, compuesto por igual número de acciones ordinarias, cada una con un valor nominal de $1 y un voto. Este ajuste refleja una importante ampliación de capital que permite a la empresa fortalecer su base financiera para futuras operaciones.

En cuanto a la dirección y administración de la compañía, el Artículo 14º dispone que el Directorio estará compuesto por un mínimo de tres y un máximo de cinco miembros, con un período de mandato de tres ejercicios. Los accionistas podrán designar directores suplentes para cubrir eventuales vacantes, y la remuneración de los directores será establecida por la Asamblea de Accionistas, garantizando así flexibilidad y adaptación en la gestión de la empresa.

Por su parte, el Artículo 22º regula la fiscalización de la sociedad, que estará a cargo de una Comisión Fiscalizadora integrada por tres síndicos titulares y tres suplentes, con mandato también de tres ejercicios y posibilidad de reelección. La Comisión se reunirá trimestralmente, o cuando lo requiera uno de sus miembros, y sus decisiones requerirán el voto favorable de al menos dos de los síndicos presentes. Además, se estipula que las sesiones deben ser convocadas con tres días hábiles de anticipación, y que se llevará un libro de actas para registrar todas las resoluciones. La Asamblea también fijará la remuneración y se contratará un seguro de responsabilidad civil para los síndicos, cubriendo así los riesgos inherentes a sus funciones.

Estos cambios en el estatuto buscan fortalecer la estructura administrativa y de control de Parque Eólico Arauco S.A.P.E.M., garantizando una mayor transparencia y eficiencia en su operación, en línea con los desafíos futuros del sector energético.


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