El juez federal Daniel Herrera Piedrabuena otorgó la personería jurídico-política de carácter provisorio a la nueva fuerza distrital; quiénes son los armadores designados y el plazo fatal que estableció la Justicia para validar su participación en las urnas.
El mapa político de La Rioja suma un nuevo actor con formalidad legal. En una resolución que marca el inicio del cronograma institucional para la fuerza, el Juzgado Federal de Primera Instancia con Competencia Electoral de la provincia resolvió otorgar el reconocimiento provisorio a la agrupación «Liber-Ar». El fallo, firmado por el juez Daniel Herrera Piedrabuena, habilita a la estructura partidaria a iniciar su despliegue territorial, aunque bajo condiciones estrictas para obtener el sello definitivo.
La medida judicial representa el primer paso burocrático indispensable para que el espacio pueda presentar candidatos propios en el distrito. La resolución dispone «reconocer al partido ‘Liber-Ar’ la personería jurídico-política con carácter provisorio como partido de Distrito», garantizando a la agrupación el «derecho exclusivo al nombre adoptado».
Los nombres detrás del armado
El fallo blanquea la estructura de la conducción inicial. La Justicia validó a la Junta Promotora que tendrá la responsabilidad política y administrativa de llevar al partido hacia la regularización definitiva. Entre las autoridades designadas figuran Ramona Isabel Páez, Matías Ezequiel Oviedo Mercado, Eugenia Beatriz Páez, Franklin Miguel Ortiz y Walter Javier Vera.
Este último, Walter Javier Vera, emerge como una figura clave en el andamiaje legal de la fuerza, al quedar oficializado no solo como miembro de la junta, sino específicamente en el «carácter de apoderado partidario». Asimismo, el centro de operaciones políticas fijó su domicilio legal en el barrio 20 de Mayo, sobre la Avenida Iribarren, en la capital riojana.

La cuenta regresiva: 1230 afiliados
El reconocimiento provisorio activa un reloj de arena para los operadores de Liber-Ar. El juez Herrera Piedrabuena estableció condiciones taxativas que la fuerza deberá cumplir para no perder el estatus adquirido. El desafío principal es numérico y de despliegue territorial.
El texto de la resolución advierte que, para obtener la personería definitiva, la agrupación deberá «acreditar, dentro del plazo improrrogable de 150 días a partir de la notificación del presente resolutorio, la afiliación de 1230 electores». Este requisito de representatividad es el filtro más complejo que impone la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (23.298). La Justicia exigió que, junto con las fichas, se presenten copias de los documentos cívicos certificadas por la autoridad partidaria.
Internas y «papeles» en orden
Más allá de las afiliaciones, el fallo traza la hoja de ruta para la vida democrática interna del espacio. El magistrado ordenó que, en un plazo máximo de 180 días, se deberán «realizar elecciones internas para constituir autoridades definitivas», un paso obligatorio para salir de la figura de Junta Promotora y consolidar la orgánica partidaria.
En paralelo a la construcción política, corre la exigencia administrativa de transparencia. Las autoridades tienen 60 días para presentar ante el juzgado los libros contables y de actas exigidos por la ley, bajo apercibimiento de sanciones.
Con la orden de publicar la resolución en el Boletín Oficial y comunicar la novedad a la Cámara Nacional Electoral, La Rioja oficializa la entrada de un nuevo jugador a la cancha, en un contexto donde la fragmentación y la aparición de nuevos sellos redefinen la disputa por el poder local.