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Gendarmería incautó en territorio riojano 24 kilos de hojas de coca y 33 ollas de aluminio importadas en infracción aduanera

Por Eduardo Nelson German · 28 de abril de 2026 · 13:33

Efectivos del Escuadrón 58 «La Rioja» detuvieron la marcha de un ómnibus que circulaba sobre el kilómetro 391 de la Ruta Nacional 38, procedente de Jujuy con destino a Neuquén. La inspección detectó 94 paquetes de hojas de coca en estado natural y mercadería extranjera presuntamente ingresada al país sin documentación aduanera. El Juzgado Federal de La Rioja interviene en la causa con participación de la Aduana.

Un procedimiento de control vehicular ejecutado por Gendarmería Nacional en la Ruta Nacional 38 derivó en el secuestro de 24 kilos de hojas de coca en estado natural y 33 ollas de aluminio de origen extranjero presuntamente ingresadas al país sin la documentación aduanera correspondiente. La intervención fue realizada por efectivos del Grupo «Talamuyuna», dependiente del Escuadrón 58 «La Rioja», sobre un transporte de pasajeros que circulaba desde la provincia de Jujuy con destino a Neuquén.

Según la información oficial difundida por la fuerza, el procedimiento se concretó cuando los gendarmes detuvieron la marcha del ómnibus a la altura del kilómetro 391 de la Ruta Nacional 38. Durante la inspección rutinaria de las bodegas del vehículo, los efectivos advirtieron un fuerte olor emanado de varias encomiendas almacenadas en el compartimento de cargas, lo que motivó las actuaciones posteriores.

Tras tomar contacto con el magistrado federal interviniente, los gendarmes recibieron la orden de interdictar los elementos sospechosos y proceder a la apertura formal de las encomiendas en presencia de testigos. La inspección permitió secuestrar 94 paquetes que contenían en total 24 kilos de hojas de coca en estado natural, además de 33 ollas de aluminio de origen extranjero comercializadas sin la documentación aduanera correspondiente, configurando una presunta infracción a la Ley 22.415 —el Código Aduanero argentino—.

La intervención judicial corresponde al Juzgado Federal de La Rioja, que dispuso la confección de las actuaciones formales y solicitó la participación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA-Aduana). El organismo —creado por la administración Milei a través de la fusión de la AFIP y otras dependencias— deberá determinar el origen de la mercadería incautada, calcular la deuda aduanera correspondiente y eventualmente disponer la decomiso definitivo de los bienes.

El cuadro técnico-jurídico requiere precisión específica. Las hojas de coca en estado natural ocupan en la legislación argentina una posición jurídica particular: la Ley 23.737 —que regula los estupefacientes— exceptúa expresamente la tenencia y consumo de hojas de coca para uso tradicional cuando se produce dentro del marco de los usos culturales históricamente arraigados en las provincias del noroeste argentino, particularmente Jujuy y Salta. Sin embargo, el transporte interprovincial de cantidades significativas, sin la documentación correspondiente y por canales no autorizados, constituye una situación que excede los marcos de excepción legal y habilita la intervención de la justicia federal.

La ruta utilizada por el cargamento merece atención específica. La Ruta Nacional 38 conecta el centro-oeste argentino atravesando La Rioja en sentido norte-sur, y constituye una vía secundaria respecto de los grandes corredores de transporte de cargas pero, por esa misma razón, históricamente utilizada como circuito alternativo por operadores informales que buscan evitar los controles más intensivos de las rutas troncales. El procedimiento del Escuadrón 58 demuestra que los controles secundarios mantienen capacidad de detección eficaz cuando son ejecutados con regularidad y atención técnica.

El componente del contrabando aduanero —las 33 ollas de aluminio extranjero— exhibe la otra cara del fenómeno. La mercadería de origen extranjero ingresada al país sin pago de aranceles, derechos aduaneros y demás tributos asociados al comercio exterior configura una práctica extendida en la economía informal argentina, con circuitos que combinan el contrabando hormiga proveniente de las fronteras norte y este con la distribución posterior hacia mercados internos. El destino del cargamento —Neuquén— permite inferir que las ollas tenían como destino comercial la economía informal del sur argentino, donde se distribuirían a través de canales no formales.

Para el sistema fiscal argentino, la intervención tiene un componente económico mensurable. Las 33 ollas de aluminio importadas que esquivan el sistema aduanero implican pérdida de derechos de importación, tributos sobre la utilización del comercio exterior, IVA y eventualmente otros gravámenes. Cada cargamento detectado representa una recuperación parcial de fiscalidad, pero el volumen total que circula sin ser interceptado configura un universo significativo de evasión que la institucionalidad aduanera reciente del país intenta contener con resultados desiguales.

La participación riojana en el control merece destacarse desde el ángulo institucional. La Rioja, sin frontera internacional propia, opera frecuentemente como territorio de tránsito para mercaderías y bienes que se mueven entre las regiones del NOA y el sur argentino. Los escuadrones de Gendarmería emplazados en territorio riojano —el 58 con sede en la Capital provincial y otros desplegados en localidades del interior— cumplen funciones de control sobre rutas que vinculan distintos puntos del corredor norte-sur del país, en una geografía que la Constitución Nacional define como espacio de libre circulación interna pero que requiere controles administrativos para prevenir circuitos informales.

Conviene contextualizar el procedimiento dentro del cuadro general de la fiscalización aduanera y antinarcóticos en La Rioja. La provincia ha registrado en los últimos meses procedimientos de magnitudes diversas: incautaciones de combustible con guías de tránsito adulteradas, controles sobre cargamentos mineros con documentación falsa y, ahora, intercepciones de hojas de coca y mercadería de contrabando proveniente de Jujuy. El conjunto de operativos exhibe que el territorio riojano funciona como escenario de tránsito tanto para circuitos extractivos como para flujos comerciales informales que buscan evitar los controles más intensivos de las grandes rutas nacionales.

La pregunta que queda planteada es si los recursos humanos y técnicos disponibles para la fiscalización en La Rioja están adecuadamente dimensionados para cubrir el flujo real que transita por las rutas provinciales. Los procedimientos exitosos —como el ahora reportado— constituyen indicios de eficacia operativa de la fuerza, pero no permiten estimar el porcentaje del flujo total que efectivamente queda interceptado. La articulación entre Gendarmería, los juzgados federales y los organismos aduaneros como ARCA constituye el dispositivo institucional disponible para sostener la presencia del Estado en los corredores de transporte interprovincial; el nivel de cobertura efectiva, en cambio, depende de variables presupuestarias, técnicas y políticas que el cuadro fiscal actual de la administración nacional condiciona inevitablemente.