La Ley 10.888 ratificó un decreto de Ricardo Quintela que incrementó el suplemento por Responsabilidad Funcional. La medida rige desde el 1 de febrero de 2026, pero el texto no informa cuántos agentes lo cobran ni cuál será su costo fiscal.
Las claves
- El adicional pasó del 20% al 50% de la asignación total correspondiente al grado.
- El suplemento se multiplicó por 2,5: aumentó 30 puntos porcentuales y 150% respecto de su valor anterior.
- No corresponde automáticamente a todo el personal policial, sino a quienes ejercen efectivamente funciones de mayor responsabilidad.
- La modificación rige desde el 1 de febrero de 2026.
- La ley no publica la cantidad de beneficiarios ni el impacto presupuestario.
Un adicional que se multiplica por 2,5
La provincia de La Rioja elevó del 20% al 50% de la asignación total del grado el adicional por Responsabilidad Funcional destinado a determinados integrantes de la Policía provincial. La modificación fue establecida inicialmente por el Decreto 142, firmado el 23 de febrero de 2026, y quedó ratificada por la Ley 10.888.
La diferencia requiere una precisión: no se trata de un aumento del 30% ni de una suba del 150% sobre el salario policial completo. El porcentaje del suplemento avanzó 30 puntos porcentuales y su cuantía quedó multiplicada por 2,5. En relación con el adicional anterior, el incremento es del 150%.

Quiénes pueden cobrarlo
El beneficio está previsto en el artículo 141 de la Ley del Personal Policial 7.061. Según los fundamentos del decreto, compensa funciones que implican mayor capacidad de decisión, mando efectivo, administración de recursos humanos y materiales, dirección operativa y responsabilidad disciplinaria.
La norma remarca que la Responsabilidad Funcional está vinculada al ejercicio efectivo de esas tareas y no a la mera jerarquía formal del grado. Por lo tanto, el nuevo 50% no constituye un incremento general para la totalidad de la fuerza.
Las condiciones de otorgamiento que ya estaban vigentes no fueron modificadas. El cambio alcanza únicamente a la cuantía del suplemento.
Vigencia retroactiva a febrero
El Decreto 142 fue dictado el 23 de febrero y estableció su vigencia desde el primer día de ese mismo mes. En consecuencia, el nuevo porcentaje se aplica desde el 1 de febrero de 2026.
La Cámara de Diputados ratificó la decisión el 2 de julio mediante la Ley 10.888, a partir de un proyecto presentado por la Función Ejecutiva. La promulgación llegó el 4 de agosto a través del Decreto 1.195.
La ratificación legislativa consolidó una medida salarial que ya llevaba cinco meses de aplicación administrativa.
El argumento del Gobierno
En los fundamentos, el Ejecutivo señaló que desde 2005 aumentaron la complejidad operativa, las exigencias funcionales y el nivel de responsabilidad asumido por los agentes alcanzados. También mencionó el impacto de la inflación sobre el poder adquisitivo del sector público.
El decreto sostiene que la actualización mantiene una proporcionalidad razonable entre las responsabilidades asumidas y la remuneración, sin cambiar la naturaleza jurídica del suplemento.
El dato que no aparece: cuánto cuesta
La norma instruyó al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones y readecuaciones presupuestarias necesarias. Sin embargo, no precisó cuántos policías reciben el adicional, cuál es la masa salarial alcanzada ni cuánto dinero adicional demandará durante 2026.
Esa ausencia impide medir el impacto fiscal de la decisión con los documentos publicados. Tampoco permite calcular cuánto representa el beneficio en un salario concreto, porque depende de la asignación total correspondiente a cada grado y de la efectiva inclusión del agente entre las funciones contempladas.
El aumento mejora sustancialmente una compensación reservada para puestos de conducción y responsabilidad operativa. Al mismo tiempo, deja pendiente un dato básico para el control público: el costo total que deberá absorber el presupuesto provincial.
Fuente documental: Ley 10.888; decretos 142/2026 y 1.195/2026; Ley del Personal Policial 7.061.
Documento oficial
La Ley 10.888, el Decreto 142 que fija el adicional en el 50% y el Decreto 1.195 de promulgación fueron publicados en la página 2 del Boletín Oficial de La Rioja, edición N.º 12.376 del 7 de agosto de 2026. Consultar la edición completa en PDF.

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