Demanda millonaria en la Corte Suprema: el dueño de la curtiembre de Nonogasta acusó a La Rioja de confiscación y exige más de USD 40 millones

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El empresario brasileño Gilmar Harth demandó a la Provincia en competencia originaria por los daños derivados de la expropiación de Curtume CBR. Calificó de «irrisorio» el depósito judicial de $30 millones por un complejo fabril valuado en USD 70 millones y denunció que el Estado le provocó la quiebra para ceder la planta a un operador afín.

Un litigio de proporciones monumentales amenaza las finanzas y la seguridad jurídica de la provincia de La Rioja. A través de una presentación de 40 carillas ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el ciudadano brasileño Gilmar Harth —titular del 99,99% de las acciones de Curtume CBR S.A. (la histórica curtiembre de Nonogasta, ex Yoma)— promovió una demanda de daños y perjuicios contra el Estado provincial en instancia originaria. La acción judicial acusa a los tres poderes de la Provincia de haber ejecutado una «confiscación lisa y llana» y un despojo patrimonial premeditado sobre la mayor planta industrial del oeste riojano.

El escrito, patrocinado por el letrado Tomás Young en los términos de los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, reclama una indemnización integral que supera con creces los USD 40 millones de valor de empresa en marcha, a los que suma el pasivo financiero multimillonario en dólares y pesos que la Provincia dejó impago tras tomar posesión de las instalaciones fabriles y desapoderar a sus legítimos dueños.

Competencia originaria y la acusación de «despojo» a los tres poderes

La demanda invoca el fuero federal de excepción de la Corte al tratarse de un ciudadano extranjero que demanda a un estado provincial por una causa civil pura de expropiación irregular. En su fundamentación, la parte actora sostiene que en la maniobra intervinieron de forma coordinada los tres estamentos del poder riojano para quebrar el marco normativo de fondo.

La presentación señala a la Función Legislativa por sancionar la Ley Provincial N° 10.411 en octubre de 2021 declarando la expropiación; a la Fiscalía de Estado por tomar posesión de la fábrica sin tasación objetiva ni pago previo; y a la Cámara Civil y Comercial de Chilecito por haber decretado la quiebra de Curtume CBR S.A. el 29 de junio de 2026, dejando a la sociedad desmantelada jurídicamente y al inversor extranjero como deudor individual.

«No se demanda una indemnización expropiatoria ordinaria; se demanda la reparación plena de la ruina económica absoluta que el accionar espurio del Estado provincial le causó de manera directa a un inversor extranjero», enfatiza el planteo radicado en el Palacio de Tribunales.

El depósito de $30 millones y una empresa valuada en USD 70 millones

El tramo más escandaloso del expediente expone el contraste entre los números reales del complejo fabril y las sumas depositadas por el Gobierno provincial. Según la tasación judicial fijada en la histórica quiebra de Yoma S.A., los activos inmuebles y maquinarias estaban valuados en USD 70 millones, mientras que antes de la pandemia la firma producía 5.500 cueros diarios a un promedio de 50 dólares por unidad y facturaba USD 100 millones al año con 700 operarios.

Frente a esa magnitud patrimonial, la Fiscalía de Estado de La Rioja depositó en el juzgado de Chilecito la suma de apenas $30 millones de pesos —menos de 20.000 dólares al tipo de cambio de la fecha— en concepto de «pago parcial», una cifra que ni siquiera cubría el valor fiscal de uno solo de los 13 inmuebles expropiados.

La demanda detalla que, antes de ser desalojada, la empresa remitió una intimación formal a la Gobernación exigiendo una justa indemnización de USD 40.296.248,30, desglosada en USD 22 millones por inmuebles, USD 10 millones en maquinarias, USD 1,2 millones en camiones, USD 9,1 millones en stock de cueros acopiados y casi USD 2 millones en químicos y repuestos.

La quiebra en Chilecito y la trampa de los pasivos bancarios

La estrategia del Estado provincial, según denuncia Harth, consistió en despojar a la sociedad de sus activos productivos pero dejar intactas sus obligaciones financieras en el sistema bancario, donde el empresario brasileño figuraba como fiador personal de los créditos tomados para financiar la operatoria comercial.

Al privar a la curtiembre de su facturación, la empresa cayó inevitablemente en cesación de pagos. En el proceso falencial tramitado en la Segunda Circunscripción Judicial de Chilecito, las entidades bancarias verificaron deudas millonarias que hoy le son reclamadas a Harth:

  • Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE): USD 3.893.203,28.
  • Banco de la Nación Argentina: USD 7.220.574,09.
  • Banco Provincia de Buenos Aires: $33.749.992.487,81.
  • Banco Macro: $2.315.370.173,75.

«La Provincia destruyó la estructura financiera de la curtiembre al quitarle sus ingresos y dejar intactos sus sueldos, deudas fiscales y bancarias. La quiebra fue una consecuencia matemática del desapoderamiento coactivo», fundamenta la acción civil.

La cesión de la planta a un privado afín y el reclamo en la Corte

La presentación judicial incluye una grave denuncia de orden político y laboral contra la administración provincial. Acusa al Ejecutivo riojano de haber utilizado la excusa de la utilidad pública para quedarse con las instalaciones sin hacerse cargo de la indemnización ni de los 700 trabajadores, con el único propósito de alquilar y ceder la infraestructura productiva a un empresario cercano al poder de turno.

«El Estado provincial no tomó a su cargo al personal que estaba en relación de dependencia; los 700 trabajadores quedaron librados a su suerte mientras los activos fueron cedidos a un empresario afín», advierte el escrito de demanda.

Harth ofreció pericias contables, oficios a la Dirección General de Aduanas (bajo la órbita de ARCA) para constatar las exportaciones históricas de la planta y tasaciones del Banco Nación para que la Corte Suprema condene a La Rioja a pagar el valor real de la empresa en marcha, abriendo un frente de litigiosidad internacional que vuelve a colocar los manejos expropiatorios de la Casa de las Tejas en el banquillo de los acusados.

La demanda

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