La Dirección General de Bienes Fiscal lo hizo saber en un edicto de expropiación que, según el gobierno, será destinado a un proyecto turístico.
Dirección General de Bienes Fiscales
Edicto de Expropiación
Por intermedio de la presente se comunica y notifica, expresamente, a la firma Constructora Gramuglia Hnos. S.A., propietarios y/o poseedores y/o quienes se consideren con derecho, que por ante la Dirección General de Bienes Fiscales, dependiente de la Secretaría de Tierras, sita en calle Dalmacio Vélez Sarsfield N° 682 de la ciudad de La Rioja, se tramitan los autos Expediente Código G02- 00478-8-20 – “Secretaría de Tierras s/Ley 10.285 – Declárese de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación de (1) un inmueble ubicado en la localidad de Termas de Santa Teresita, Dpto. Arauco”, con referencia a la expropiación de urgencia dispuesta mediante Ley N° 10.285 y Decreto de la Función Ejecutiva Provincial N° 682 de fecha 12 de mayo de 2022, respecto al inmueble ubicado en la provincia de La Rioja, departamento Arauco, localidad de Termas de Santa Teresita.


Ley N° 10.285
Artículo 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia un (1) inmueble, ubicado en la localidad de Termas de Santa Teresita, departamento Arauco, que responde a las siguientes características:
Propietario: A determinar. Ubicación: Termas de Santa Teresita – Arauco. Medidas y Linderos:
Norte: Desde el vértice 1 al 2 mide 28,66 m, desde el vértice 2 al 3 mide 80,33 m y desde el vértice 3 al 4 mide 15,49 m y linda en estos tres segmentos con camino Termas de Santa Teresita.
Sur: Desde el vértice 6 al 7 mide 69,86 m y desde el vértice 7 al 8 mide 99,80 m y linda en estos dos segmentos con propiedad de Ramón Romero.
Este: Desde el vértice 4 al 5 mide 15,01 m, desde el vértice 5 al 6 mide 92,81 m y linda en estos dos segmentos con Ruta Provincial N° 10.
Oeste: Desde el vértice 8 al 9 mide 76,30 m, desde el vértice 9 al 10 mide 34,51 m y desde el vértice 10 alcanza el vértice 1, donde cierra y mide 96,26 m y linda en estos tres segmentos con Río Colorado o Salado. Matrícula Catastral: Circ. IV – Secc. B – Manz. 016 – Parcela: “002”. Dominio: A-1380. Superficie Aproximada: 1,7 ha.
Artículo 2°.- El inmueble objeto de la expropiación será destinado a proyecto turístico.