Duro golpe judicial al Palacio Ramírez de Velasco: la Justicia frena el cobro de tasas a una prestadora de servicios sociales

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja dictó una medida cautelar que impide al municipio capitalino aplicar un tributo previsto en la ordenanza impositiva a la firma Vértice SRL. La decisión reaviva la tensión por la presión fiscal sobre el sector privado en medio de un escenario de recaudación en caída.


El frente judicial vuelve a complicar los planes recaudatorios de la Municipalidad de La Rioja. En un fallo que generó fuertes repercusiones en el sector empresario, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) hizo lugar a una medida cautelar de «prohibición de innovar» a favor de la empresa Vértice S.R.L. Compañía Argentina de Servicios Sociales, ordenando a la comuna que se abstenga de avanzar con cualquier procedimiento administrativo o judicial para cobrar tributos específicos.

La resolución, firmada por los magistrados Claudio José Ana, Claudio Nicolás Saúl, Ana Karina Becerra, Luis Alberto Brizuela y Gabriela Irina Asís, apunta directamente contra el artículo 64, inciso T, de la Ordenanza 6253. Este apartado regula el cobro de tasas por servicios específicos —en este caso vinculados a servicios sociales y de salud— que la firma actora cuestiona bajo un planteo de inconstitucionalidad.

Una cautelar con «contracautela»

La decisión del máximo tribunal provincial no es un cheque en blanco. Para que la protección judicial surta efecto, el TSJ impuso a Vértice S.R.L. la obligación de constituir una contracautela de un millón de pesos ($1.000.000), ya sea mediante un seguro de caución, una garantía real o una fianza personal.

Con este movimiento, la Justicia pone un freno de mano a las intenciones del Palacio Ramírez de Velasco de ejecutar deudas o trabar embargos contra la prestadora hasta tanto no se resuelva la cuestión de fondo: si el tributo municipal es constitucional o si, como argumentan desde el sector privado, representa una carga arbitraria que no se condice con una contraprestación efectiva de servicio.

El fantasma de la «doble imposición»

El conflicto no es aislado. En los pasillos de la política riojana se lee este fallo como un capítulo más de la resistencia empresaria contra la voracidad fiscal de los municipios. La Cámara Comercial y diversas entidades industriales vienen advirtiendo sobre una «asfixia tributaria» que combina tasas locales con impuestos provinciales y nacionales, generando en muchos casos situaciones de doble imposición.

Fuentes del sector privado señalan que la situación es crítica: de los 90.000 frentistas de la capital, apenas el 23% cumple con el pago de las tasas de servicios. Ante este escenario, el municipio ha intentado ajustar la clavija sobre las empresas de servicios y grandes contribuyentes, quienes hoy encuentran en la Justicia Federal y provincial un dique de contención.

Internas y señales políticas

El fallo también tiene una lectura política ineludible. La conformación del TSJ, con figuras de peso en el andamiaje institucional riojano, envía una señal de equilibrio en un momento donde la Municipalidad busca desesperadamente vías para financiar servicios básicos ante el recorte de fondos.

Mientras el Ejecutivo municipal intenta seducir a nuevas inversiones con promesas de alivio fiscal —como la reciente exención para empresas que contraten mano de obra local—, este tipo de reveses judiciales exponen las falencias de las ordenanzas impositivas actuales. Para los especialistas, la clave estará en si la comuna logra modernizar su Código Tributario para evitar que sus tasas sigan siendo «tumbadas» en los tribunales por falta de sustento técnico.

Por ahora, el fiscal municipal deberá responder al traslado de la demanda, mientras Vértice S.R.L. respira aliviada con la protección de un TSJ que parece no estar dispuesto a convalidar cualquier avance impositivo sobre el sector privado.