El gobernador Ricardo Quintela dispuso la conversión de los préstamos ratificados por los Artículos 24° y 25° de la Ley N° 27.260 recibidos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, en un Bono de Conversión con vencimiento a mediano plazo por hasta la
suma de $1.600.000.000.
Por este motivo, ordenó la emisión del Bono de Conversión – Provincia de La Rioja, adhiriendo a los términos y condiciones, generales y particulares establecidos en el Artículo 4° del Decreto N° 458/21, del Poder Ejecutivo Nacional, por la suma total de $1.526.894.276, resultante de la suma de los mutuos correspondientes a los años 2016, 2017 y 2018.
Según el Decreto N° 192 del 22 de febrero de 2022, Quintela estableció que el Bono deberá estar listado y autorizado para su negociación en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (BYMA) y el Mercado Abierto
Electrónico S.A. (MAE) y representado por un certificado global siendo la entidad depositaria Caja de Valores S.A.
En ese sentido, también consideró que, los intereses de los Acuerdos de Refinanciación que vencen el 15 de marzo de 2022, no se encuentran comprendidos dentro de la emisión del Bono, por lo que deberán ser calculados y cancelados a su vencimiento.


Mediante la Resolución N° 208 del 9 de marzo de 2022, el Ministerio de Hacienda determinó, con base en las atribuciones conferidas por el Artículo 2° del Decreto 192/2022, la emisión del título publico provincial, en adelante Bono de Conversión Provincia de La Rioja por la cantidad de $ 1.526.824.276, resultante de la suma de los mutuos correspondientes a los años 2016, 2017 y 2018.
También estableció las características y condiciones financieras del Bono de Conversión – Provincia de La Rioja de acuerdo a lo que seguidamente se indica:
a) Denominación: Bono de Conversión- Provincia de La Rioja.
b) Colocación: se llevará a cabo en la fecha de vencimiento de los acuerdos de refinanciación firmados en
virtud del Art. 8° de la Ley 27.574 y de los contratos de préstamos conferidos acorde con los acuerdos ratificados por los Art. 24 y 25 de la Ley 27.260 entre la Provincia y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), en su carácter de Administradora del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), quien informará el precio de colocación el cual deberá
ser equivalente al valor técnico.
c) Fecha de emisión: 15 de marzo de 2022.
d) Fecha de vencimiento: 15 de marzo de 2031.
e) Plazo: nueve años.
f) Periodo de gracia para el pago de capital: tres años.









