El Diario de Eduardo German

La Rioja · Argentina

Manifestación de descubrimiento del proyecto minero “El Pancho” en el departamento Capital

Edicto de Mensura Titular: “Bahamonde Alvarado Sergio Orlando” – Expte. N° 19 – Letra “B” – Año 2023. Denominado: “El Pancho”. Departamento de Catastro Minero: Dirección de Catastro Minero – La Rioja, 27 de junio de 2022. Señora Directora: Visto el informe de Geología Minera, aprobando la Labor Legal en fojas 59, esta Dirección procedió…

Edicto de Mensura Titular: “Bahamonde Alvarado Sergio Orlando” – Expte. N° 19 – Letra “B” – Año 2023. Denominado: “El Pancho”. Departamento de Catastro Minero: Dirección de Catastro Minero – La Rioja, 27 de junio de 2022. Señora Directora: Visto el informe de Geología Minera, aprobando la Labor Legal en fojas 59, esta Dirección procedió a registrar dicha Labor Legal, quedando la misma ubicada en el Departamento Capital, de nuestra Provincia, a 25 m aproximadamente al NE del Punto de Toma de Muestra.

Asimismo, se informa que da cumplimiento con lo establecido en los Artículos 67, 76, 312 y 351 del Código de Minería con relación a la solicitud de Pertenencia, como así también a lo establecido en el Artículo 82 del Código de Minería con respecto a la solicitud de Mensura, por lo tanto este Departamento aconseja hacer lugar a la petición de mensura formulada en fojas 64 a 69.

Además se informa que el Perito actuante propuesto en fojas 65, se encuentra inscripto en el registro que se lleva a los efectos para realizar los trabajos de mensura, deslinde y amojonamiento; encontrándose habilitado para realizar dichos trabajos ya que da cumplimiento con lo dispuesto por los Art. 62 y Art. 65 de la Ley N° 3870/79.

Asimismo se informa que las coordenadas Gauss Krugger (Posgar ‘94) perimetrales para la publicación de edictos de mensura son: Y=3440697.380 X=6806521.760 Y=3441097.380 X=6806521.760 Y=3441097.380 X=6806221.760 Y=3440697.380 X=6806221.760. Fdo. Jefe de Catastro Minero… Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 21 de noviembre de 2023. Visto y Considerando… La Directora de Minería Dispone:

Artículo 1°.- Tener por Desistido el derecho, por parte del Ing. Maza Luis Domingo, por los considerandos expuestos y tal como lo establece el Art. 226° del C.M. Quedando como único titular el Sr Bahamonde Alvarado Sergio Orlando, de la presente Manifestación de Descubrimiento denominada: “El Pancho”, ubicada en el Departamento Capital de esta Provincia.

Artículo 2°.- Por Mesa de Entrada Procédase al cambio de Carátula del expediente pasando la Manifestación de Descubrimiento a Mina.

Artículo 3°.-Apruébese la Labor Legal de la Manifestación de Descubrimiento denominada: “El Pancho”, solicitada por el Sr. Bahamonde Alvarado Sergio Orlando, ubicada en el Departamento Capital de esta Provincia, según prescribe el Art. 68° del CM.

Artículo 4°.- Publíquese edictos de mensura en el Boletín Oficial de la Provincia, por tres (3) veces en el espacio de quince (15) días, y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo establecido por el Art. 81° del Código de Minería, emplazando a quienes se consideren con derechos a deducir oposiciones, dentro de los quince (15) días siguientes a la última publicación, Art. 84° del citado cuerpo legal.

Artículo 5°.- La publicación de los edictos deberá ser acreditada dentro de los quince (15) días siguientes al de su notificación, Art. 62° del C.P.M., con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial, y cumplida la misma acompañar los ejemplares del Boletín con los edictos publicados, bajo apercibimiento de ley.

Artículo 6°.- Emplácese al solicitante para que en el término de un (1) año, siguiente al de su notificación, de cumplimiento con la presentación del Plan y Monto de Inversión, Art. 217° del C.M., acompañado de un Informe de Impacto Ambiental, Art. 249° del C.M., antes del inicio de cualquier tarea, teniendo en consideración que hasta que no obtenga la D.I.A, ninguna actividad podrá establecerse siendo a exclusivo cargo de su autor los daños producidos tal como lo establece el Art. 251° del C.M. y que su no presentación no suspende ni interrumpe los plazos previstos para el cumplimiento de las demás exigencias legales. Ref. Expte. N°: 19-B-2020.

Artículo 7°.- Notifíquese, por Dirección de Escribanía de Minas confecciónese los edictos ordenados, hágase entrega para su publicación y efectúese las anotaciones correspondientes al margen de su registro, tomen nota Sección Padrones y las Direcciones de Catastro y Economía Minera. Fecho, Resérvese.

Fdo. Dra. Paula D. Marinaro – Directora General de Minería. Ante mí: Esc. Luis Héctor Parco – Director de Escribanía de Minas.


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