El Diario de Eduardo German

La Rioja · Argentina

Fuerte resguardo legal en Olta: prorrogan la declaración de «Área Bajo Procesamiento» en la Reserva de Usos Múltiples

A través de una resolución de la Secretaría de Tierras, el Gobierno provincial extendió por 360 días la medida que protege el Bosque Chaqueño Serrano en el departamento General Belgrano. Queda terminantemente prohibida cualquier toma de posesión o alteración de los inmuebles sin autorización oficial. La Secretaría de Tierras de la provincia de La Rioja…

A través de una resolución de la Secretaría de Tierras, el Gobierno provincial extendió por 360 días la medida que protege el Bosque Chaqueño Serrano en el departamento General Belgrano. Queda terminantemente prohibida cualquier toma de posesión o alteración de los inmuebles sin autorización oficial.


La Secretaría de Tierras de la provincia de La Rioja comunicó oficialmente la prórroga de la declaración de «Área Bajo Procesamiento» para una extensa zona rural ubicada en el departamento General Belgrano. La medida busca ordenar la situación dominial y recae específicamente sobre la Reserva de Usos Múltiples de Olta, en la extensión territorial conocida como Bosque Chaqueño Serrano.

Según consta en el edicto oficial publicado recientemente, la decisión se formalizó mediante la Resolución N° 62, fechada el 23 de enero de 2026. El trámite había sido impulsado originariamente por el titular de la Secretaría de Ambiente, Dr. Santiago Azulay, bajo el expediente G02-00925-5-24.

El Artículo 1° de la normativa establece que la prórroga territorial se mantendrá vigente por el plazo de trescientos sesenta (360) días, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Documento oficial de la Secretaría de Tierras sobre la declaración de un área bajo procesamiento en La Rioja, Argentina, con referencia a las coordenadas Gauss Kruger.
Documento oficial de la Secretaría de Tierras y Hábitat Social, que prohíbe actos que alteren la situación jurídica de inmuebles, con instrucciones para quienes reclamen derechos sobre una zona declarada.

Prohibición estricta de toma de tierras

Uno de los puntos más relevantes y restrictivos del edicto se detalla en su Artículo 2°, el cual busca frenar cualquier avance irregular o especulativo sobre los terrenos delimitados.

En estricto cumplimiento del Artículo 9 de la Ley 6.595 (y su modificatoria Ley 8.761), el texto dictamina que «queda prohibido todo acto de hecho o de derecho que pueda alterar la situación física y/o jurídica sobre los inmuebles».

En esta misma línea, la resolución subraya la prohibición absoluta de «todo acto de toma de posesión, de cualquier superficie dentro de los mismos sin previa autorización expresa de la Secretaría de Tierras y Hábitat Social».

Convocatoria a posibles titulares

Para evitar conflictos futuros y avanzar en el ordenamiento legal del área, el Estado provincial hizo un llamado a los privados que puedan tener intereses en la zona.

El documento, firmado por la actual Secretaria de Tierras, Esc. Irene Zárate Rivadera, emplaza a los posibles dueños: «Quienes se consideren con derecho sobre zona declarada, deberán concurrir ante la Secretaría de Tierras, a los fines de adjuntar la documentación respectiva que acredite la Titularidad Dominial».

El aviso oficial tiene vigencia de publicación desde el 27 de febrero hasta el 6 de marzo de 2026.



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