El Diario de Eduardo German

La Rioja · Argentina

Un vecino de Chepes demandó por $212 millones a Vialidad Nacional y al municipio por daños en su vivienda

Ramón Cristóbal Oviedo atribuyó el deterioro estructural de su propiedad al impacto del tránsito pesado sobre bandas reductoras instaladas en la Ruta Nacional 141. El Juzgado Federal de La Rioja dio intervención a la fiscalía para analizar su competencia y la procedencia del planteo.

Vehículos y personas en el ingreso a la ciudad de Chepes, departamento Rosario Vera Peñaloza.

Un vecino de Chepes inició una demanda por $212,2 millones contra la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Rosario Vera Peñaloza por los daños estructurales que, según sostiene, sufrió su vivienda después de la instalación de bandas reductoras de velocidad sobre la Ruta Nacional 141.

La presentación fue realizada por Ramón Cristóbal Oviedo ante el Juzgado Federal de La Rioja. La propiedad está ubicada sobre la avenida San Martín, denominación que recibe la ruta nacional en la zona urbana de Chepes.

El escrito atribuye los daños a las vibraciones provocadas por vehículos de carga pesada al atravesar trece bandas óptico-sonoras colocadas aproximadamente en 2009 frente al inmueble.

La demanda todavía no fue admitida ni resuelta. El juzgado tuvo por presentado al abogado de Oviedo y remitió las actuaciones a la Procuradora Fiscal Federal para que se pronuncie sobre la competencia, admisibilidad y procedencia del planteo.

Una causa iniciada en 2011

El conflicto comenzó judicialmente en diciembre de 2011 ante la Cámara de la Quinta Circunscripción Judicial de Chepes. En aquella oportunidad, Oviedo demandó al municipio y obtuvo una medida cautelar vinculada con los reductores.

Vialidad Nacional fue posteriormente incorporada al expediente y planteó que, por tratarse de una ruta bajo jurisdicción nacional, la causa debía tramitar ante la Justicia federal.

En octubre de 2025, la Cámara provincial se declaró incompetente y archivó las actuaciones. La parte demandante acudió entonces al fuero federal mediante un nuevo expediente.

Informes que hablan de un edificio “irrecuperable”

La demanda cita informes elaborados por ingenieros y arquitectos, además de constataciones judiciales. Según esos documentos, la edificación presenta hundimientos, grietas, deformaciones en muros, pisos levantados y aberturas dañadas.

Un acta judicial de 2019 habría determinado que el inmueble se encontraba descuadrado y con riesgo de desmoronamiento. Otro informe técnico, fechado en marzo de 2026, calificó la construcción como “irrecuperable” y recomendó su demolición.

Estas conclusiones fueron aportadas por la parte demandante y todavía deberán ser evaluadas mediante la prueba judicial y las pericias solicitadas.

La familia abandonó la vivienda en marzo de 2018 y comenzó a alquilar otra propiedad, según los contratos incorporados al expediente. Los reductores fueron retirados por personal vinculado con Vialidad Nacional en abril de 2012, pero la demanda sostiene que los daños continuaron agravándose.

Cómo se compone el reclamo

Oviedo reclama $176.859.656,25 por daños materiales. Esa cantidad incluye el valor depreciado de una construcción de 222,12 metros cuadrados y $25,25 millones por los alquileres que afirma haber pagado desde 2018.

También solicita $35.371.931,25 por daño moral. La suma total reclamada asciende a $212.231.587,50, más los intereses que eventualmente determine la Justicia.

La presentación pretende que Vialidad Nacional y la Municipalidad de Rosario Vera Peñaloza respondan solidariamente. Ninguna de las dos demandadas contestó todavía esta nueva acción federal, de acuerdo con los documentos examinados.

El próximo paso será el dictamen de la fiscal federal. Después de esa intervención, el juzgado deberá resolver si es competente y si corresponde dar curso formal a la demanda.

Documentos del expediente

Los documentos se ofrecen en versiones públicas revisadas. La demanda excluye la cédula, los anexos con información personal y el domicilio particular al que se trasladó la familia. La resolución inicial oculta el número de documento. Ambos archivos deben leerse como actuaciones de un proceso en etapa inicial: la demanda expresa la posición de la parte actora y no constituye una sentencia.


Descubre más desde El Diario de Eduardo German

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Descubre más desde El Diario de Eduardo German

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo