El gobernador Ricardo Quintela envió un proyecto de ley para adecuar la normativa provincial a la Ley Nacional N° 27.781, que introdujo la Boleta Única de Papel.
La Rioja busca modernizar su sistema electoral. El gobernador Ricardo Quintela elevó a la Cámara de Diputados de la provincia un proyecto de ley para modificar el artículo 140 de la Ley Electoral Provincial N° 5.139. El objetivo principal es «adecuarlo a la reforma electoral que introdujo en el sistema electoral nacional la sanción de la Ley N° 27.781, publicada en el Boletín Oficial con fecha 18/10/2024».
Actualmente, el artículo 140 de la Ley Electoral Provincial N° 5.139, «faculta a la Función Ejecutiva Provincial a convocar a elecciones provinciales en forma simultánea con las elecciones nacionales». Bajo este sistema, «se emplean Boletas individuales por cada partido político que participa en la contienda electoral, en las que se incluyen las distintas categorías de cargos que se eligen». Sin embargo, la reciente Ley N° 27.781 «modificó el Código Electoral Nacional, Ley N° 19.945, e incorporó el sistema de votación con Boleta Única de Papel (BUP)».
La Ley 27.781 modificó los artículos 1, 3 y 4 de la Ley N° 15.262. En el caso de las elecciones simultáneas, el proyecto de ley busca que se aplique lo previsto por el artículo 3 de la Ley Nacional N° 15.262, que establece que «la oficialización de las Boletas Únicas de Papel y su distribución quedarán a cargo del juez federal con competencia electoral o, en su caso, de la Junta Electoral Nacional».
Además, se «oficializará una (1) Boleta Única para cargos nacionales y una (1) Boleta Única para cargos provinciales y, de corresponder, municipales», y «la elección de cada jurisdicción se llevará a cabo en urnas separadas». El proyecto indica que «los comicios y el escrutinio se hacen bajo la conducción de la Junta Electoral Nacional, aplicándose en esas etapas el Código Electoral Nacional».




Por otro lado, la modalidad de «elecciones concurrentes» permite que cada jurisdicción (Nación y Provincia) conserve su propio sistema electoral. Esto significa que «la provincia puede votar con las boletas individuales por cada partido político, y los cargos nacionales se votan mediante Boleta Única de Papel». Para esta última opción, «las Juntas Electorales Provinciales suscribirán un acuerdo con el juez federal con competencia electoral o, en su caso, con la Junta Electoral Nacional, sobre todo lo concerniente al desarrollo del proceso electoral, de modo tal de compatibilizar las atribuciones de ambas jurisdicciones».
El mensaje enviado por el Gobernador, con fecha 25 de junio de 2025 y firmado también por el Ministro de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, Dr. Miguel Zarate, argumenta que el artículo 140 de la Ley Electoral Provincial N° 5139, «sólo incluye la figura de la ‘simultaneidad’ pero no la de la ‘concurrencia’ como modalidades para llevar a cabo las elecciones conjuntas provinciales y nacionales». Por lo tanto, es preciso modificarlo para «facultar de ese modo a la Función Ejecutiva Provincial a convocar a elecciones provinciales conjuntamente con las elecciones nacionales, ya sea de forma simultánea o de forma concurrente, según criterios de oportunidad, mérito, o conveniencia».
El proyecto de ley consta de tres artículos, adhiriendo «la Provincia de La Rioja a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 15.262» y modificando el artículo 140 de la Ley Electoral Provincial N° 5139 para incorporar ambas modalidades (simultáneas y concurrentes) y sus respectivas aplicaciones según la normativa nacional. La ley «entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial».







