Economía

Dura embestida judicial contra Rioja Vial SAU por deudas millonarias con la UOCRA y OSPECON

Por Eduardo Nelson German · 17 de febrero de 2026 · 08:08

La Justicia Federal de La Rioja ordenó el inicio de dos ejecuciones fiscales y trabó embargos preventivos contra la empresa constructora. La suma reclamada supera los 15 millones de pesos en concepto de aportes impagos e intereses.


El Juzgado Federal de La Rioja, bajo la secretaría de la Dra. Ana Gabriela Agüero, dictó resoluciones determinantes contra la firma Rioja Vial SAU. La medida responde a sendas demandas presentadas por la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Obra Social del Personal de la Construcción (OSPECON).

Los reclamos en detalle

La empresa constructora enfrenta dos frentes judiciales por el incumplimiento en el pago de obligaciones de la seguridad social:

  • Ejecución de la UOCRA: El expediente N° 40820/2025 reclama un capital de $10.008.428,07.
  • Ejecución de OSPECON: El expediente N° 40819/2025 exige el pago de $5.291.285,67. Este monto surge del certificado de deuda N° 79831 por aportes y contribuciones impagos correspondientes a períodos de 2024.

En ambos casos, el tribunal sumó un 30% adicional sobre el capital para cubrir intereses y costas provisorias del juicio.

Intimación y embargos

Las resoluciones judiciales disponen la intimación de pago inmediata a Rioja Vial SAU en su domicilio declarado en la Avenida San Nicolás de Bari. En caso de no hacerse efectivo el pago, el Juzgado ordenó trabar embargo preventivo sobre cuentas bancarias, cajas de ahorro, fondos y bienes de la empresa hasta cubrir las sumas reclamadas.

El abogado Francisco Américo Treuer, representante de las entidades gremiales, fundamentó la acción en la obligatoriedad de las empresas de retener y depositar los aportes de los trabajadores, denunciando que el importe permanece impago a pesar de las instancias administrativas previas.

Plazos procesales

La justicia otorgó a la parte demandada un plazo de cinco días para oponer excepciones legítimas o constituir domicilio electrónico, bajo apercibimiento de continuar con la ejecución de los bienes. El proceso se tramita bajo formato exclusivamente digital, de acuerdo a las acordadas vigentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


Los fallos