La Cámara de Diputados de La Rioja aprobó una cuestión de privilegio contra el legislador de LLA Diego Molina Gómez por sus dichos sobre el Consejo de la Magistratura

El diputado oficialista Cristian Pérez y la radical Gabriela Rodríguez impulsaron la moción, que fue derivada a la Comisión de Asuntos Constitucionales. El legislador de La Libertad Avanza había acusado en sesión y en redes sociales que la reforma de la ley era un «traje a medida» para beneficiar a una sobrina del gobernador Quintela.

Una sesión que escaló al límite institucional

La Cámara de Diputados de La Rioja atravesó una jornada de alta tensión institucional el pasado 7 de mayo de 2026, cuando dos legisladores —el justicialista Cristian Eduardo Pérez y la radical Gabriela Azucena Rodríguez— presentaron una cuestión de privilegio contra el diputado de La Libertad Avanza, Diego Molina Gómez. La moción fue votada afirmativamente por el pleno y derivada a la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia, Seguridad, Peticiones, Poderes y Reglamento, que deberá dictaminar una eventual sanción de suspensión sin goce de haberes.

El expediente 18A-00335-2026, ingresado al Recinto Legislativo ese mismo día y presidido por la titular de la Cámara, la licenciada Teresita Leonor Madera, se encuadra en los artículos 114° inciso 6, 115° y 116° del Reglamento Interno de la Cámara y en los artículos 116°, 117° y 118° de la Constitución Provincial.

Los dichos que desencadenaron la crisis

El origen del conflicto se remonta a la sesión ordinaria del 16 de abril, cuando la Cámara aprobó la Ley N° 10.864 de Reforma del Consejo de la Magistratura. En esa oportunidad, Molina Gómez afirmó desde la banca que el proyecto constituía «un traje a medida para que el gobernador premie a su sobrina con la presidencia la próxima semana y, de paso, darle el manejo de otra SAF».

Las declaraciones no se limitaron al recinto. A través de su cuenta de Facebook, el legislador reiteró los conceptos y los amplió: acusó a un sector de la Unión Cívica Radical de haber concretado un «acuerdo histórico» con el PJ a cambio de mantener su lugar en el Consejo de la Magistratura, insinuando que «nada nuevo, se reparten cargos».

La respuesta del bloque oficialista: violencia institucional

El diputado Cristian Pérez, en representación del bloque mayoritario del PJ, calificó las publicaciones en redes sociales como una «metodología de avasallamiento» importada del gobierno nacional que busca poner en duda «la honestidad, la integridad de las personas y el accionar de bien de quienes estamos en la política». «En la provincia de La Rioja, y por lo menos en esta Cámara de Diputados, no lo vamos a permitir», afirmó.

En el escrito formal presentado ante la presidenta Madera, ambos legisladores sostuvieron que las afirmaciones de Molina Gómez constituyen «una total falta de fundamentos y seriedad, erigiéndose hasta en violencia institucional». Agregaron que atribuirle a la sanción de la Ley 10.864 motivaciones de tráfico de influencia implica una acusación de violación a la ética pública y a la ley penal.

La UCR también adhirió a la cuestión de privilegio

La diputada Gabriela Rodríguez, del bloque UCR —aludida directamente por las publicaciones de Molina Gómez— adhirió a la cuestión de privilegio y pidió que su nombre constara en las actas. En su intervención, rechazó las insinuaciones de acuerdo político: «La democracia no es declamativa, ni tiene dueños, sino que se construye con la opinión, con la visión, con el parecer, de buena fe», señaló ante el pleno.

Rodríguez también interpeló directamente a Molina Gómez, a quien calificó de «poco valiente» por criticar en redes sin presentarse en las comisiones a dar el debate. Solicitó que el legislador de LLA ratificara o rectificara sus dichos en el propio recinto institucional.

El encuadre constitucional: la Cámara puede suspender a sus miembros

El texto de la cuestión de privilegio señala que la facultad disciplinaria de la Cámara de Diputados para suspender temporalmente a sus integrantes resulta «indiscutible» a partir de una interpretación armónica del Reglamento Interno y de las normas constitucionales. Se citan como antecedentes los casos «Cambareri» y «Varela Cid». La conducta del diputado de LLA se encuadra en el artículo 118° de la Constitución Provincial, en concordancia con los artículos 116° y 117° de la misma Carta Magna.

La sanción solicitada es la suspensión por la cantidad de sesiones que estime pertinente la Cámara, sin goce de haberes. La Comisión de Asuntos Constitucionales deberá ahora dictaminar y elevar su resolución al pleno para la votación definitiva.

EL DATO

La Ley N° 10.864, que reformó el Consejo de la Magistratura de La Rioja y cuya discusión desencadenó el conflicto, fue aprobada el 16 de abril de 2026 con votos del PJ y apoyo de un sector de la UCR. El Consejo actuará en el ámbito de la Función Legislativa (artículo 178° de la Constitución Provincial), y sus miembros no pueden ser reelectos según el artículo 6° de la propia norma.