El 43,9% de informalidad en el aglomerado La Rioja muestra que la rebaja nacional de costos laborales puede ayudar, pero no reemplaza una política provincial de producción, capacitación y evaluación pública.
El dato central admite una conclusión incómoda: La Rioja no resolverá la precariedad laboral limitándose a esperar que la reforma nacional reduzca el costo de contratar. El incentivo vigente es una oportunidad concreta. Pero convertirlo en empleo registrado requiere actividad, productividad, formación y resultados que puedan medirse dentro de la provincia.
Cuatro claves
- En el primer trimestre de 2026, 48.423 ocupados del aglomerado La Rioja estaban en la informalidad: el 43,9% del total.
- Los puestos informales crecieron 9,4% interanual y los formales, 2,3%; tres de cada cuatro nuevos ocupados quedaron fuera de la formalidad.
- Desde mayo rige el incentivo nacional que reduce más de 85% las contribuciones patronales para incorporaciones elegibles durante hasta 48 meses.
- La prueba para La Rioja será cuántas altas formales produce el régimen, en qué sectores y con qué continuidad.
El dato no habilita una lectura cómoda
La información es precisa en su alcance. El informe publicado por EduardoGerman.com, basado en microdatos de la Encuesta Permanente de Hogares del INDEC procesados por Politikon Chaco, estimó 110.233 personas ocupadas en el aglomerado urbano. De ellas, 61.810 tenían una inserción formal y 48.423, informal.
La ocupación total aumentó 5,3% frente al primer trimestre de 2025. Sin embargo, de los 5.584 puestos adicionales, 4.175 fueron informales y 1.409 formales. La tasa local subió de 42,3% a 43,9% en un año y quedó muy cerca del 44,2% nacional.
Hasta aquí, información. La interpretación es que celebrar únicamente la creación de puestos ocultaría el problema decisivo: casi todo el crecimiento se concentró en trabajos con menor protección. Tener una ocupación importa; que esa ocupación sostenga aportes, cobertura y estabilidad también.
El alivio nacional es relevante, pero no alcanza solo
La Nación ya modificó el marco. La Ley 27.802 de Modernización Laboral, sancionada el 27 de febrero y publicada el 6 de marzo de 2026, creó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral. Su reglamentación comenzó con el Decreto 315/2026, publicado el 4 de mayo.
La Resolución General 5844/2026 de ARCA, publicada el 6 de mayo, habilitó reducciones de más de 85% en contribuciones patronales para nuevas relaciones que cumplan los requisitos. El beneficio puede extenderse durante 48 meses por cada alta y el período de incorporaciones va del 1 de mayo de 2026 al 30 de abril de 2027.
El contraargumento es atendible: si el costo de formalizar era la principal barrera, una rebaja de esa magnitud debería inducir contrataciones y la provincia no tendría que crear más trámites. La propia ley reconoce como suficiente la registración ante ARCA. Agregar un registro riojano paralelo sería burocracia, no política de empleo.
Pero un incentivo uniforme para todo el país no corrige por sí mismo las diferencias de productividad, acceso al crédito, logística, demanda y calificación laboral. Reduce el costo relativo de una contratación; no crea automáticamente una empresa capaz de sostenerla cuando termine el beneficio.
Qué debería aportar La Rioja
La primera obligación provincial es medir. El Gobierno debería acordar con Nación y ARCA un tablero periódico que informe, sin datos personales, cuántos empleadores riojanos usan el régimen, cuántas altas se mantienen, en qué sectores y departamentos y qué proporción corresponde a trabajadores que estaban fuera del empleo registrado.
La segunda es vincular los instrumentos productivos provinciales con resultados laborales verificables. Crédito, asistencia técnica, formación y apoyo a proveedores tienen mayor legitimidad cuando explicitan si elevan productividad y empleo formal, no solo si entregan recursos o alcanzan beneficiarios.
La tercera es coordinar capacitación con demanda real. La Ley 27.802 creó un Programa de Formación Laboral Básica con competencias sociolaborales y formación inicial en ramas prioritarias. La Rioja puede evitar cursos desconectados del mercado si identifica vacantes, publica tasas de finalización y sigue la inserción de los egresados.
También hace falta fiscalización, pero con una secuencia razonable: información clara, asistencia para regularizar y sanción frente al incumplimiento persistente. Formalizar no puede reducirse a perseguir al pequeño empleador; tampoco puede depender indefinidamente de que nadie controle.
La medición tiene límites y marca una línea de base
La EPH es una encuesta por muestreo. El resultado corresponde al aglomerado urbano La Rioja, no a todo el territorio provincial, y sus estimaciones están sujetas a error muestral. Comparar primeros trimestres reduce el efecto estacional, pero no convierte la variación observada en una explicación causal.
Además, el período medido terminó antes de que el incentivo nacional entrara en vigencia. Por eso el 43,9% no sirve para juzgar el resultado de la reforma: sirve como línea de base. Las primeras evaluaciones responsables deberán comparar altas y permanencia desde mayo, sin confundir anuncios con empleos sostenidos.
Una oportunidad que debe rendir cuentas
La discusión no debería encerrarse entre dos consignas: atribuir toda la informalidad a la legislación nacional o suponer que una rebaja de contribuciones resolverá una estructura productiva frágil. La Nación ya movió una pieza importante. Ahora La Rioja debe mostrar cómo la aprovecha.
El cierre es simple: el alivio nacional puede abrir la puerta, pero la provincia tiene que construir el camino productivo y publicar los resultados. Si dentro de un año baja la informalidad y aumentan las altas sostenidas, habrá evidencia. Si no ocurre, también deberá saberse y corregirse.
Fuentes
- INDEC, Encuesta Permanente de Hogares: Mercado de trabajo, primer trimestre de 2026, 22 de junio de 2026.
- EduardoGerman.com, “La informalidad laboral trepó al 43,9% en La Rioja y creció más que el empleo formal”, con cálculo de Politikon Chaco sobre microdatos EPH-INDEC, 5 de agosto de 2026.
- Congreso de la Nación, Ley 27.802 de Modernización Laboral, sancionada el 27 de febrero y publicada el 6 de marzo de 2026.
- Poder Ejecutivo Nacional, Decreto 315/2026, publicado el 4 de mayo de 2026.
- ARCA, Resolución General 5844/2026, publicada el 6 de mayo de 2026.
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