Edicto de Cateo
Titular: “Kallpa SAPEM y Otro” – Expte. Nº 36 – Letra “K” – Año 2023.
Denominado: “Seis”.
Departamento de Catastro Minero: Departamento Catastro Minero – La Rioja, 07 de agosto de 2023.
Señora Directora: Visto el estado de autos, esta Dirección informa que la presente solicitud de permiso de exploración y cateo ha sido graficada en el departamento Vinchina de esta provincia.
Esta graficación se la efectuó con una superficie libre de 9813 ha 4881.5 m2, la superficie libre mencionada queda comprendida entre las siguientes coordenadas
Gauss Krugger Posgar 94 perimetrales: Y=2506671.585 X=6877467.738 Y=2519737.484 X=6877467.738 Y=2519737.484 X=6873816.030 Y=2512943.510
X=6873816.030 Y=2512943.510 X=6868816.030 Y=2508814.510 X=6868816.030 Y=2508814.510 X=6859919.342 Y=2506671.585 X=6859921.700.
Se informa que el presente Cateo se ubica dentro de la zona 6 de interés de
investigación establecida por Ley Nº 10.608/23, debiendo su titular tener presente lo establecido en la misma.
La nomenclatura catastral correspondiente es NE: 6877467.73-2519737.48-13-10-E SO: 6859921.70-2506671.58-13-10-E.
Se adjunta croquis demostrativo.
Fdo. Jefe de Catastro Minero… Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 26 de septiembre 2023. Visto… y Considerando… La Directora General de Minería Dispone:
Artículo 1º.- Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de permiso de explotación y cateo de sustancias de primera y segunda categoría, denominada: “Seis” a nombre de la razón social Kallpa SAPEM y Otro, ubicada en el departamento Vinchina de esta provincia, con una superficie libre de 9.813 ha 4881.5 m2.
Artículo 2º.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por dos (2) veces en el espacio de diez (10) días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta
Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 27 -párrafo tercero- del Código de Minería, y Art. 41º del C.P.M., para que en el plazo de veinte (20) días se presenten quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones, y a los superficiarios que constan a fs. 34 de autos, Art. 42º del Código de Procedimiento
Minero, bajo apercibimiento de ley.
Artículo 3º.- La publicación de los edictos referenciadas en el punto precedente debe ser acreditada por el solicitante dentro de los veinte (20) días
siguientes al de su notificación, Art 41º del C.P.M., con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y, cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares con los edictos publicados, bajo apercibimiento de ley.
Artículo 4º.- Emplácese al solicitante para que en el término de treinta (30)
días, siguientes al de su notificación, presente el informe de Impacto Ambiental que prescribe el Art. 251º del Código de Minería.
Artículo 5º.- Córrasele Vista al solicitante del informe de la Dirección de Geología Minera de fs. 25.
Artículo 6º.- Notifíquese, por Dirección de Escribanía de Minas cúmplase con
lo dispuesto en el punto 1º de la presente Disposición y confecciónese los edictos ordenados, haciéndose entrega para su publicación. Fecho Resérvese. Disposición D.G.M. Nº 410/23.
Fdo. Dra. Paula D. Marinaro. Ante mí: Esc. Luis Héctor Parco – Director de Escribanía de Minas.
Luis Héctor Parco
Director Escribanía de Minas
Dirección Gral. de Minería







