El máximo tribunal de la Nación rechazó el recurso extraordinario presentado en la causa “S., S. s/ acción de amparo”, al no considerar la resolución apelada como sentencia definitiva. El caso había sido originado en el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de queja interpuesto en el marco de la causa “S., S. s/ acción de amparo”, representada por la Dra. Viviana Sonia Reinoso. El fallo fue dictado el 3 de septiembre de 2024, luego de la intervención de la Defensora General de la Nación. Según el pronunciamiento del tribunal, el recurso extraordinario que motivó la queja no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable, en los términos del artículo 14 de la Ley 48.
El caso se originó en el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, tras una decisión de la Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas, de la 1° Circunscripción Judicial de esa provincia. Al no reunir los requisitos necesarios para la intervención del máximo tribunal, la Corte resolvió archivar la presentación, concluyendo así el trámite judicial.
La resolución confirma la vigencia de los requisitos formales establecidos para la procedencia de recursos ante la Corte Suprema, resaltando la importancia de contar con fallos definitivos para habilitar la revisión por parte de este alto cuerpo.
El fallo pone fin a la disputa judicial iniciada por la ciudadana riojana, cuya demanda fue desestimada en instancias previas. Con esta decisión, la Corte ratifica la postura adoptada por los tribunales provinciales.







