La empresa deberá pagar más de $5 millones por deudas tributarias. El juzgado dispuso medidas cautelares, incluyendo el embargo de cuentas bancarias y activos financieros, mientras se resuelve la ejecución fiscal iniciada por ARCA.
El Juzgado Federal de La Rioja, a cargo del juez Daniel Herrera Piedrabuena, ordenó el embargo de bienes y cuentas bancarias de la empresa Colonia Cunícola Riojana del Oeste S.A.P.E.M., en el marco de una ejecución fiscal por una deuda que supera los $5.1 millones. La medida fue solicitada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en representación del Fisco Nacional, debido al incumplimiento en el pago de obligaciones tributarias.

Según la resolución judicial, la empresa tiene un plazo de cinco días hábiles para pagar la deuda o presentar excepciones legales. De no hacerlo, se procederá con el embargo de fondos, cuentas corrientes, cajas de ahorro y otros activos financieros a nombre de la compañía. Los fondos embargados serán transferidos al Banco de la Nación Argentina, Sucursal La Rioja, a la orden del juzgado.

El juez también autorizó a ARCA a levantar las medidas cautelares en caso de que la empresa regularice su deuda, sin necesidad de una nueva orden judicial. Además, se dispuso la notificación electrónica al domicilio fiscal de la demandada, en cumplimiento de la Resolución General 4280/2018 de la AFIP.
La resolución destaca que, de no encontrarse bienes embargables, se procederá con la inhibición general de bienes de la empresa, lo que impediría la disposición de sus activos hasta que se resuelva el caso. El juzgado designó a oficiales de justicia especiales para llevar a cabo las notificaciones y embargos correspondientes.
Este caso refleja el rigor de las autoridades fiscales en el cobro de deudas tributarias y la importancia de que las empresas regularicen sus obligaciones para evitar medidas judiciales que puedan afectar su operación. La empresa demandada aún tiene la posibilidad de resolver la situación pagando la deuda o presentando defensas dentro del plazo establecido.
Fuente: Resolución del Juzgado Federal de La Rioja, expediente N° 2206/2025.







