El Diario de Eduardo German

La Rioja · Argentina

Nueva ejecución fiscal contra Colonia Cunícola Riojana del Oeste S.A.P.E.M. por deuda superior a $5,9 millones

El Juzgado Federal de La Rioja ordenó medidas cautelares y un embargo de fondos contra la empresa agropecuaria por una deuda fiscal que asciende a $5.960.076,97. La compañía tiene cinco días para responder o regularizar su situación. En un nuevo capítulo de litigios fiscales, el Juzgado Federal de La Rioja -a cargo del juez Daniel…

El Juzgado Federal de La Rioja ordenó medidas cautelares y un embargo de fondos contra la empresa agropecuaria por una deuda fiscal que asciende a $5.960.076,97. La compañía tiene cinco días para responder o regularizar su situación.

En un nuevo capítulo de litigios fiscales, el Juzgado Federal de La Rioja -a cargo del juez Daniel Herrera Piedrabuena- inició en abril de 2025 un proceso de ejecución contra Colonia Cunícola Riojana del Oeste S.A.P.E.M. a pedido de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La deuda reclamada alcanza los $5.960.076,97 en concepto principal, más un 15% adicional para cubrir intereses y costas judiciales. El auto judicial establece:

  1. Intimación de pago: La empresa cuenta con cinco días hábiles para presentar excepciones o cancelar la deuda.
  2. Medidas cautelares: Se ordenó embargo general sobre cuentas bancarias e inversiones, exceptuando cajas de seguridad.
  3. Facultades a ARCA: Podrá levantar las medidas si se regulariza el pago sin necesidad de nueva orden judicial.

El fallo destaca que, de no cumplirse el pago, los fondos embargados serán transferidos al Banco de la Nación Argentina – Sucursal La Rioja. Además, se enfatiza en la notificación electrónica al domicilio fiscal registrado.

Contexto:
Esta es la segunda ejecución fiscal conocida contra esta empresa en 2025, lo que evidencia el endurecimiento de las acciones judiciales para el cobro de deudas tributarias en el sector agroindustrial. Expertos señalan que estos casos podrían reflejar dificultades económicas en el sector o incumplimientos recurrentes.

El juez Piedrabuena mantiene el criterio aplicado en casos similares, equilibrando el derecho de cobro del fisco con las garantías procesales de los contribuyentes.


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