La Cámara Civil de La Rioja emplaza a posibles titulares a oponerse a una demanda de prescripción adquisitiva sobre un terreno en Ángel V. Peñaloza. Los interesados tienen 10 días tras la última publicación.
La Cámara Segunda en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial de La Rioja, a cargo del juez Dr. Walter Miguel Peralta, inició un juicio de información posesoria solicitado por los hermanos Celso Federico, Víctor Manuel y José Antonio Pontes Paz. Estos reclaman la propiedad de un inmueble de 17.530 hectáreas y 2.977,44 m² ubicado en el paraje El Porvenir, departamento Ángel V. Peñaloza, mediante la figura legal de prescripción adquisitiva (usucapión).
Detalles clave del inmueble
- Matrícula Catastral: 4-18-58-031-821-638.
- Linderos:
- Norte: Campo «Pozo del Chañar».
- Oeste: Propiedades de Luis Gonzalo Villalba Guzmán, sucesión de Antonio Pontes Paz, Isabel Tello, Baudilio Aníbal Díaz, y otros.
- Este: Terrenos de Rodolfo Mastromatey, Productos Integrados de Mendoza S.A., y campo «Pozo Verde».
- Sur: Tierras de Eugenio Andrada y la sucesión de José Osvaldo Borda.
- Superposición catastral: El terreno se solapa parcialmente con registros a nombre de Roberto Durán (1966), la sucesión Borda (1984) y una matrícula de 2019 a nombre de Celso Pontes Paz, padre de los demandantes.
Trámite legal y plazos
El expediente 10202240000039388 – Letra «P» – Año 2024 establece:
- Publicación de edictos: Tres veces en el Boletín Oficial y un diario local, según el Artículo 409, incisos 1° y 2° del Código Procesal Civil.
- Plazo para oposición: 10 días hábiles desde la última publicación.
- Requisitos: Los opositores deben presentar documentos que acrediten derechos sobre el inmueble (títulos, contratos, testigos).
¿Por qué es relevante?
La prescripción adquisitiva exige demostrar posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante al menos 20 años en Argentina. Los Pontes Paz argumentan que su familia ocupó el terreno bajo estos términos, pero el caso se complica por las superposiciones catastrales y reclamos históricos de terceros.
Advertencias del tribunal:
- Quienes no se opongan en plazo pierden derecho a reclamar en el futuro.
- La resolución podría invalidar registros previos si se prueba la posesión prolongada de los demandantes.
Acceso a la información
El expediente está disponible en la Secretaría «B» – Sala 5 Unipersonal de la Primera Circunscripción (Capital, La Rioja), a cargo de la secretaria Dra. Laura M. Hurtado de Giménez Pecci.
Contacto:
- Juzgado: Cámara Segunda en lo Civil, Comercial y de Minas | Secretaría «B» – Sala 5.
- Secretaria: Dra. Laura M. Hurtado de Giménez Pecci.
- Expediente: 10202240000039388 – Letra «P» – Año 2024.
Este caso refleja la complejidad de los conflictos territoriales en zonas rurales, donde la falta de registros claros y las herencias familiares generan disputas legales de décadas. La resolución sentará un precedente para futuros reclamos en la región.








