La normativa establece sistemas obligatorios para el tratamiento y uso sustentable de aguas residuales en establecimientos específicos.
La Legislatura de La Rioja sancionó la Ley N° 10.759, que obliga a estaciones de servicio y lavaderos de vehículos, incluidos aquellos destinados a transporte de carga y pasajeros, a instalar sistemas para la reutilización de aguas grises y pluviales. Esta medida busca promover prácticas sustentables en el manejo de recursos hídricos, priorizando la conservación ambiental y la salud pública.


La ley define a las aguas grises como aquellas residuales que no contienen sustancias excretas (diferentes de las aguas negras) y establece que deben conducirse de manera separada para su tratamiento y posterior reutilización. Los usos permitidos incluyen el lavado de vehículos, el riego de espacios verdes, la descarga de sanitarios y otros fines sustentables regulados por la normativa.
Además, los sistemas de tratamiento deberán ser aprobados y autorizados por los municipios correspondientes, quienes supervisarán su instalación y funcionamiento bajo estrictos criterios sanitarios. La autoridad de aplicación será el IPALaR o los municipios, dependiendo de la ubicación de los establecimientos.
La ley, presentada por las diputadas Mirtha María Teresita Luna, Gabriela María Amoroso Fernández y Carla Noelia Aliendro, invita a los municipios a adecuar su normativa para garantizar su implementación efectiva. La autopromulgación de esta ley marca un avance en el compromiso de la provincia con el desarrollo sostenible y la protección de sus recursos naturales.







