La medida, establecida en la Resolución 390/2025 con fecha 29 de mayo, implica un incremento del 2,82% para la operadora de una línea clave de 132 kV en la provincia. Los nuevos valores rigen desde el pasado 1 de junio.
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó, mediante la Resolución N° 390/2025 emitida el pasado 29 de mayo, una actualización en los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de TRANSPORTEL MINERA 2 SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPORTEL MINERA 2 S.A.). Este ajuste representa un incremento del 2,82% y entró en vigencia el sábado 1 de junio de 2025.
La decisión se enmarca en la emergencia energética dispuesta por el Decreto N° 55/2023 (prorrogado por el Decreto N° 1023/2024) y la emergencia pública declarada por el Decreto N° 70/2023. Según los considerandos de la resolución, el Ministro de Economía instó a continuar con la corrección de precios relativos, incluyendo las tarifas de energía eléctrica, conforme a las revisiones tarifarias quinquenales del ENRE.
El incremento se calculó aplicando el «Mecanismo de actualización de la remuneración de las Empresas Concesionarias del Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica», aprobado previamente por la Resolución ENRE N° 323/2025. Dicho mecanismo considera las variaciones del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicados por el INDEC. Para el mes de abril de 2025, estos índices fueron del 2,83% (IPIM) y 2,78% (IPC) respectivamente. Con una ponderación del 67% para el IPIM y 33% para el IPC, se llegó al ajuste final del 2,82%.
Específicamente, la actualización tarifaria para TRANSPORTEL MINERA 2 S.A. impacta en su rol como Transportista Independiente (TI) para la operación de los cuarenta kilómetros (40 km) de la doble terna de 132 kV que se extiende desde la Estación Transformadora (ET) La Rioja 500/132/33 kV hasta interceptar la línea de 132 kV La Rioja – Patquía.
El objetivo de este mecanismo, según la normativa, es que el valor de la remuneración que percibe la transportista se mantenga en términos reales durante todo el período tarifario de cinco años.
La resolución, firmada por el Interventor del ENRE, Osvaldo Ernesto Rolando, también instruye la notificación de la medida a la empresa afectada, a las asociaciones de generadores (AGEERA), transportistas (ATEERA), distribuidores (ADEERA), grandes usuarios (AGUEERA) y a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA).
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