La reforma penal aprobada por La Rioja en mayo de 2025 no se limita a incorporar juicios por jurados o cambiar reglas procesales. La Ley 10.798 modifica la estructura cotidiana del Poder Judicial: elimina el modelo de juzgados aislados, reúne a los magistrados en colegios y separa las decisiones jurisdiccionales de la administración de expedientes.
En el sistema tradicional, cada juez controla su juzgado, su personal, la agenda y la tramitación de las causas. El nuevo esquema establece que los magistrados deben dedicarse a resolver controversias, mientras una Oficina Judicial administra audiencias, distribuye el trabajo y organiza los recursos.
La ley crea seis colegios con sedes en Capital, Chilecito, Chamical, Aimogasta, Chepes y Villa Unión. Sus integrantes podrán actuar como jueces de garantías, de juicio, de revisión o en procesos con jurados. La asignación deberá realizarse mediante sorteos y criterios de carga laboral.
También crea un Tribunal de Impugnación Penal integrado por cinco jueces y con competencia provincial. Hasta que los cargos sean cubiertos mediante concursos, sus funciones permanecerán en manos del Tribunal Superior de Justicia.
El centro de poder administrativo será la Oficina Judicial. Tendrá a su cargo la agenda, las citaciones, la distribución de causas, el registro audiovisual, la cadena de custodia y el manejo del personal. Su director deberá ser un profesional especializado en administración o ingeniería industrial, no necesariamente un abogado.
Esa separación puede mejorar la eficiencia y limitar el manejo discrecional de expedientes. Pero exige controles transparentes: quien administra los sorteos, la agenda y los recursos puede acelerar o demorar, en los hechos, el funcionamiento de un tribunal.
La puesta en marcha debía acompañar al nuevo Código Procesal Penal desde el 1° de agosto de 2026. Sin embargo, la Legislatura prorrogó nueve meses el sistema acusatorio y trasladó el inicio al 1° de mayo de 2027. El oficialismo reconoció que no estaban disponibles los fondos para oficinas, tecnología, cargos e infraestructura.
La reforma obliga además a trasladar funcionarios y empleados de los juzgados hacia las oficinas judiciales, el Ministerio Público Fiscal y la Defensa. Supone redefinir tareas, jerarquías y ámbitos de decisión dentro de una estructura históricamente rígida.
La Ley 10.798 dibuja una Justicia más horizontal, oral y controlable. Por ahora, sigue siendo una arquitectura normativa. El desafío será demostrar que la postergación permitirá financiar y organizar el cambio, y no solamente aplazar una transformación que afecta cargos y espacios de poder dentro de la propia Función Judicial.



