El Diario de Eduardo German

La Rioja · Argentina

Aprueban el Reglamento General del Expediente Digital Judicial

Tribunal Superior de Justicia  ACUERDO Nº 19  En la ciudad de La Rioja, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil veintitrés, se reúne en Acuerdo Administrativo el Tribunal Superior de Justicia, con la Presidencia del Dr. Claudio Nicolás Saúl e integrado por los Dres. Ana Karina Becerra, Gabriela Irina Asís,…

Tribunal Superior de Justicia 

ACUERDO Nº 19 

En la ciudad de La Rioja, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil veintitrés, se reúne en Acuerdo Administrativo el Tribunal Superior de Justicia, con la Presidencia del Dr. Claudio Nicolás Saúl e integrado por los Dres. Ana Karina Becerra, Gabriela Irina Asís, Luis Alberto Nicolás Brizuela y Claudio José Ana, con la asistencia de la Secretaria Administrativa, Dra. Ana Gabriela Núñez Lanzilotto con el objeto de resolver lo siguiente: “Aprobación del Reglamento General del Expediente Digital Judicial”: Y Considerando:

I) Que todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de sus derechos ante los tribunales. Así se reconoce en nuestro ordenamiento jurídico en el Artículo 18 de la Constitución Nacional, en el Artículo 30 de la Constitución Provincial, en el Artículo 8.1 y 8.2 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, y en el Artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Para salvaguardar dichos derechos de los ciudadanos es necesaria la modernización de la Administración de Justicia, campo esencial para consolidar el Estado de Derecho y mejorar la calidad de nuestra democracia.

II) En este contexto de modernización, uno de los elementos de mayor relevancia es, precisamente, la incorporación en las oficinas judiciales de las nuevas tecnologías. Su uso generalizado y obligatorio contribuirá a mejorar la gestión en las oficinas judiciales, actualizando su funcionamiento e incrementando los niveles de eficiencia. Las nuevas tecnologías permiten igualmente abaratar los costos del servicio público de justicia, pero también suponen una mejora de la confianza en el sistema, lo que se traduce en mayor seguridad.

III) Que por Acuerdo Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia N° 28 de fecha 6 de febrero del corriente año, se dispuso aprobar el proyecto de “Expediente Digital Judicial Joaquín-” elevado para su consideración por la entonces Dirección de Informática y Sistemas de esta Función Judicial.

IV) Que para su implementación resulta necesario diseñar el marco regulatorio para su entrada en vigencia. Con dicho propósito, se procedió a la producción del proyecto del reglamento general del Expediente Digital Judicial -Joaquín-, con el objetivo de regular el uso de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia. El principal objetivo de esta norma consiste en definir los distintos aspectos para el funcionamiento del sistema del expediente digital judicial, estableciendo el conjunto de requisitos mínimos de interconexión, interoperabilidad y seguridad necesarios para el desarrollo de los diferentes aplicativos utilizados por el sistema, a fin de garantizar la seguridad en la transmisión de los datos y cuantas otras exigencias se contengan en las leyes procesales. El presente reglamento no expresa una modificación o reforma a los diferentes sistemas procesales que en la actualidad se utilizan para el ejercicio y efectivización de los distintos derechos, sino que regula únicamente los aspectos necesarios para dar cumplimiento a las distintas legislaciones procesales en lo relativo al uso de las nuevas tecnologías. Así, por ejemplo, no se ha buscado establecer plazos o términos distintos de los señalados en las leyes de procedimientos, sino que la norma se limita a establecer los criterios que deben ser considerados para efectuar el cómputo de los mismos si los actos procesales que determinan su comienzo o fin se efectúan a través de medios electrónicos.

V) Que, efectuada la debida evaluación del proyecto elaborado al efecto por las áreas pertinentes, resulta apropiado proceder a su aprobación, el que como Anexo forma parte del presente.

VI) Que, a los fines de su implementación, que será gradual y progresiva, entendernos operativamente conveniente delegar en un miembro de este cuerpo la ejecución de las acciones correspondientes. VII) Que, asimismo, y debido a la trascendencia y al impacto sobre la administración de justicia de la puesta en vigencia del Expediente digital Judicial, se impone publicar el presente reglamento en el Boletín Oficial de la Provincia, y dar amplia difusión al contenido del presente acuerdo y su antecedente Acuerdo Administrativo N° 28/2023.

Por lo expuesto, y en uso de atribuciones constitucionales y legales, Artículo N° 138, inciso 4° de la Constitución Provincial y Artículo 47 inciso 22 de la Ley Orgánica de la Función Judicial N° 2.425 que faculta a este cuerpo a dictar las acordadas conducentes al mejor servicio judiciario, el Tribunal Superior de Justicia, Resuelve:

1°) Aprobar el presente Reglamento General del Expediente Digital Judicial -Joaquín-, que como Anexo forma parte del presente acuerdo.

2°) Disponer que la implementación del Expediente Digital Judicial -Joaquín- estará a cargo del vocal de este Tribunal Superior de Justicia Dr. Claudio José Ana, el que deberá requerir los recursos necesarios, debiendo informar periódicamente al cuerpo los distintos desarrollos.

3°) Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del contenido del presente Acuerdo y su antecedente Acuerdo Administrativo N° 28/2023.

4°) Disponer que por medio del área de prensa y comunicación de este Tribunal Superior, se dé amplia difusión a los Acuerdos referenciados.

5°) Por Secretaría Administrativa efectúense las comunicaciones y registraciones pertinentes.


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