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Choque de fueros en La Rioja: la Justicia Federal bloqueó una investigación local que exigía datos bajo secreto bancario

El Banco Nación acusó de «arbitrariedad» a un juzgado de instrucción provincial que reclamaba informes sensibles sobre créditos y transferencias; el fallo ratifica la competencia exclusiva de los tribunales nacionales sobre la entidad financiera.

Un nuevo conflicto de competencia tensó la relación entre la justicia ordinaria y la federal en la provincia. El Juzgado Federal de La Rioja hizo lugar a una acción de inhibitoria presentada por el Banco de la Nación Argentina (BNA) y ordenó a la justicia provincial apartarse de una causa por estafa, al considerar que la exigencia de información confidencial sobre clientes y operaciones vulneraba el secreto bancario y las normativas de jurisdicción nacional.

El litigio se originó a raíz de un oficio librado por el Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial de La Rioja, a cargo de la jueza María Eugenia Torres. La magistrada investigaba una causa caratulada como «defraudación mediante uso de tarjeta magnética» en perjuicio de la ciudadana Vera Vallejo.

El reclamo por datos sensibles

En el marco de esa investigación local, la jueza Torres solicitó al BNA detalles específicos sobre movimientos financieros ocurridos el 27 de agosto de 2024. El requerimiento incluía «informes sobre a qué cuenta se transfirió el dinero, nombre del titular», así como pormenores sobre «el monto del préstamo solicitado, la modalidad de contratación y las medidas de seguridad adoptadas para comprobar la identidad» del solicitante.

La respuesta de la entidad financiera fue contundente. A través de su apoderada, Rosana De Los Angeles Millicay, el banco recurrió a la Justicia Federal argumentando que el proceder del juzgado provincial resultaba «arbitrario e ilegítimo». La defensa letrada sostuvo que la jueza Torres incurrió en un «abuso de autoridad evidente» al solicitar «informes sensibles que tienen que ver con la información personal de sus clientes y que están protegidos por la ley y la normativa vigente como el secreto bancario».

La defensa de la jurisdicción federal

El fallo, firmado digitalmente este mes de diciembre, valida la posición del BNA basándose en la naturaleza jurídica de la entidad. El tribunal federal recordó que el banco es una entidad autárquica cuyo «patrimonio es íntegramente estatal» y que actúa bajo las políticas del Gobierno Nacional.

En sus considerandos, la resolución destaca que la Carta Orgánica del BNA, en su artículo 27, establece taxativamente que «el Banco como entidad del Estado Nacional está sometido exclusivamente a la jurisdicción Federal». El magistrado federal subrayó que cualquier menoscabo al patrimonio del banco afecta subsidiariamente al Estado Nacional, lo que hace ineludible la intervención del fuero de excepción.

«La actuación del Juzgado resulta arbitraria e ilegítima para solicitar informes sobre cuestiones que involucran en forma directa a su mandante», argumentaron los abogados del banco, advirtiendo sobre la «incertidumbre procesal» que generaban estas medidas en la justicia ordinaria.

La orden de inhibición

Tras analizar los antecedentes y con el dictamen favorable de la fiscal federal Virginia Miguel Carmona, el Juzgado Federal resolvió declarar su competencia para entender en la causa de la estafa.

La sentencia ordena requerir a la jueza María Eugenia Torres que «tenga a bien inhibirse de continuar actuando en los autos supra citados y proceda a remitirlos en forma urgente a este Juzgado Federal». El fallo advierte que, en caso de resistencia por parte de la magistrada provincial, el conflicto deberá ser elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para dirimir la contienda.


Fuente: Expediente – Juzgado Federal de La Rioja.

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